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Las comisiones de las agencias inmobiliarias son uno de los grandes frenos para contratar sus servicios en la compra, venta o alquiler de nuestra vivienda. Pensamos que una tercera persona se ‘enriquecerá’ a costa de la venta o alquiler de nuestra casa ‘sin levantar el dedo de la mesa’ y eso nos corroe. Esta es probablemente la mentira comúnmente creída más extendida en el sector inmobiliario. Y la realidad contradice esta afirmación.
Comisiones de las agencias inmobiliarias vs honorarios de las agencias inmobiliarias
“Deberíamos empezar por desterrar de nuestro vocabulario la palabra ‘comisiones’ cuando nos referimos al asesoramiento del agente inmobiliario, ya que no cobra comisiones, sino que merita honorarios”, asegura Juan José Aguilera, director comercial del colectivo API. ¿Parecido? No, realmente. Las comisiones se cobran por servicios que no ofrecen ningún valor añadido mientras que los honorarios se meritan por el trabajo realizado, generalmente, por profesionales liberales como arquitectos, abogados… o agentes inmobiliarios.
Porque sí, se realiza un trabajo. Contra la creencia popular, los agentes inmobiliarios hacen algo más que poner el piso en las webs de venta o alquiler de inmuebles. Según Juan José Aguilera, “los profesionales inmobiliarios asesoran, comercializan y publicitan los inmuebles, deben encontrar al comprador, inquilino o inmueble perfecto, negociar velando por los intereses económicos del cliente y ofrecer seguridad y tranquilidad en toda la transacción“, recuerda Juan José Aguilera. Y sí, cobran por ello un porcentaje del precio de venta o de alquiler, en su caso, y sólo si se produce la operación.
Por qué son necesarias las comisiones de las agencias inmobiliarias
El mercado inmobiliario es complejo. Si no lo fuera, nadie haría uso de los servicios de un agente inmobiliario. Aún así, la profesión goza de una mala prensa generalizada, probablemente originada por los numerosos casos de estafas aparecidos en los años del boom inmobiliario, cuando se abrían inmobiliarias con tanta facilidad como tiendas de ultramarinos.
Garantías incluidas en las comisiones de las agencias inmobiliarias
Hoy, el mercado ha cambiado radicalmente. Para que no te lleves sorpresas, es importante que sepas que no existe una normativa que regule las cantidades que se deben cobrar, sino que prima el pacto entre las partes.
Aún así, es cierto que existen unos honorarios que te pueden ayudar a orientarte cuando debas elegir el agente inmobiliario que más te conviene. ¿Tienes que alquilar un piso en Barcelona o vender una casa en Castelldefels? En Api.cat te explicamos lo que debes saber sobre honorarios antes de que pongas a la venta o alquiler tu inmueble:
- En general, podemos decir que los honorarios en la venta de inmuebles rondan el 3% del precio final para inmuebles de obra nueva y el 5% si hablamos de segunda mano. Cuidado: eso no significa que todos los agentes inmobiliarios cobren estos honorarios. Como te acabamos de explicar, no existe una regulación en la materia, por lo que siempre primará lo que tú pactes con tu agente. En este sentido, “en los últimos años, se ha producido un aumento de los honorarios, básicamente porque la venta del inmueble es mucho más difícil de lo que era años atrás”, asegura Juan José Aguilera.
- En el caso de los alquileres, suele pagar los honorarios el inquilino; en el caso de las compraventas, el comprador. No obstante, esto variará en función del territorio, porque “en comunidades autónomas como la valenciana, por ejemplo, es habitual cobrar tanto a comprador como a vendedor”, según explica Juan José Aguilera.
- Los honorarios se cobran generalmente en el momento de producirse la venta ante notario mediante cheque bancario. En el caso de los alquileres, en el momento de la firma del contrato mediante cheque o transferencia bancaria, o efectivo, si fuera el caso.
En definitiva, cuando hablamos de comisión para las agencias inmobiliarias, hablamos de cobro por gestión y trabajo realizado por la agencia inmobiliaria, y no cantidad a aportar por publicitar. Para entender el por qué, nada como contactar con tu agente inmobiliario y resolver cualquier duda al respecto sobre cómo se trabaja la propiedad para que ésta llegue al comprador o inquilino ideal: el que necesita la propiedad.
157 comments
Hola mi pregunta cuanto se cobra al realizar un alquiler de una granja con contrato de 20 años…5.000 € al mes.Cual seria mi comision?Gracias…
Maria Noelia, en relación a los honorarios prima la liberta de pacto, por lo tanto deberás consensuarlo con tu cliente.
Me hace gracia leer que cobran honorarios y no comisiones. Quizá las agencias realizan un trabajo, pero en todo caso debería ser el propietario el que pagase esos trabajos y no el futuro inquilino, ya que es el propietario el que se beneficia al contratar un agencia inmobiliaria. Yo acabo de alquilar un piso mediante agencia (hoy en día en Barcelona capital el 80 o 90 % de los pisos en alquiler son llevados por agencias), y por enseñarme el piso en 10 minutos y firmar el contrato, me han cobrado 842 €, cuando el alquiler mensual del piso son 580 € (10% anualidad + IVA). Si eso a ustedes les parecen unos honorarios justos y justificados, está claro que no vivimos en la misma realidad.
Álex, te agradecemos la aportación, aunque no compartimos la opinión. Desde luego, el trabajo de un agente inmobiliario no consiste en esos 10 minutos para enseñar un piso y firmar un contrato de los que hablas. Creo que todos somos conscientes que detrás de la firma de un contrato hay horas de trabajo y conocimientos específicos de un profesional. De lo contrario, nadie contrataría a los profesionales (llámense agentes inmobiliarios, abogados o médicos).
Tema aparte es la cuantía de los honorarios. En este tema, como os indicamos en el propio artículo, la normativa establece una total libertad de pacto, por lo que es importante que estos queden bien definidos entre cliente y agente de antemano.
Perdona, pero poner el servicio de un asesor inmobiliario a la altura de la de un médico me parece un poco exagerada. Y creo además que, como dice el señor Alex, es el propietario el que recibe los supuestos beneficios del asesoramiento.
Además en el artículo sugiere un 5% del montante como referencia, lo que me sugiere que debe haber realmente un riesgo de vida por parte de quien vende una casa de segunda mano, porque sino, no se me ocurre como justificar semejante importe para el comprador. Sinceramente si el vendedor se ve obligado a aumentar en un 5% el importe de la venta, creo que el gremio de los agentes inmobiliarios es un verdadero lastre para colocar el stock disponible en el mercado.
Probablemente detallar cuales son esos servicios en el artículo hubiese sido más que útil, porque por más ejercicio mental que hago no veo la compensación.
Por ejemplo, supongamos una propiedad de 150mil euros, eso le reportaría 7500 + IVA a un agente. Eso es una dedicación FULL TIME de un profesor universitario por 3 o 4 meses. FULL TIME.
Anunciar la cartera y exhibirla, considerando los beneficios sinérgicos de hacerlo sin exclusividad, y sin garantías de éxito, hace que me resulte imposible justificar los honorarios.
Carlos, no es nuestra intención equiparar profesiones, ni mucho menos. Nos referíamos, en términos generales, a los profesionales liberales. Ciertamente, un médico tiene en sus manos una gran responsabilidad. Es indiscutible. Pero la compra de un inmueble es probablemente la decisión económica de mayor trascendencia en la vida de una persona y, por lo tanto, entendemos que es importante realizarla con el mejor asesoramiento y con todas las garantías posibles, ¿no te parece?
Tampoco nos extraña que los honorarios cobrados por este asesoramiento te parezcan injustificables. No estás solo en esta creencia. Seguramente, esto es producto del desconocimiento generalizado sobre todos los trámites y gestiones, así como los conocimientos técnicos y legales que se requieren para ejercer la mediación inmobiliaria. Y, ahí te damos la razón, es responsabilidad de los profesionales trasladarlo a la sociedad. Es nuestra responsabilidad. Así que, como sugieres, nos ponemos a ello.
Quizás, intuimos, el verdadero problema de fondo sea, precisamente, el cobro por porcentajes. Es decir, ¿crees que el agente inmobiliario (o el abogado, por ejemplo) gozaría de mejor prensa si cobrara por sus servicios, con unas tarifas estándares? ¿Crees que esto aportaría mayor transparencia a su trabajo? En definitiva, Carlos, ¿confiarías más en este otro agente inmobiliario?
Gracias por participar en el debate, por cierto.
Hola Carlos, no se como llevas el tema de ser empresario, creo que mal. Pero de esos 7.500 € hay que deducir gastos (alquiler, personal, servicios, seguros sociales, seguros e IRPF. Asi que si del total quedan 4.000 € creo que es lo que al final puede quedar limpi mientras que lo del profesor es limpio y descontado todo y encima le computa para el INEM y para la jubilación. Y no es una defensa ya que, por principio, yo no contrato a una agencia como no sea que este lejos la propiedad que vendo. Sino prefiero venderla yo directamente y quitarme intermediarios que no creo que lo hagan mejor que yo.
Gracias por tu aclaración, Javier. Está claro que el tema de los honorarios es, de largo, el que más desconfianza suscita entre los usuarios de servicios inmobiliarios.
Comentas que, en tu caso, te encargas tú mismo de vender tu propiedad y es totalmente lícito, faltaría más. Pero no todo el mundo tiene los conocimientos suficientes como para arriesgarse a realizar una transacción de tal magnitud sin asesorarse primero. Es normal que antes de realizar una inversión en vivienda te asesores sobre los planes urbanísticos que afectan al inmueble, las posibles cargas o gravámenes, etc. ¿No crees que hay ciudadanos que necesitan un asesoramiento profesional en este aspecto?
Carlos, si supieras la de litigios que se han llegado a dar cuando se firman contratos alegremente porque la gente piensa que son solo papelotes que aunque se firmen se pueden romper o modificar sin problemas sin estar sujetos a ley, fliparías. A más de uno le ha costado perder el dinero aportado, devolver el doble a la otra parte incluso el perder una vivienda comprada al cabo de un tiempo cuando aparentemente estaba todo bien y no hubo ningún problema en la firma de compraventa. Al menos en RE/MAX nos preocupamos de todo tipo de detalles empezando por asegurarnos que las personas que quieren que les vendamos su propiedad son realmente los propietarios.
Síiiii, sobre todo los de RE-MAX tenéis una formalidad del copón.
Estoy totalmente de acuerdo con esta afirmacion.
Buenos días,
Ojalá todas las transacciones se realizasen así, cliente que enseñas la primera casa, casa que se alquila o se vende. Eso significa que el compañero hizo excelente el trabajo. El servicio se le hace a ambas partes. Al vendedor de promocionar su vivienda para el arriendo o la venta y al futuro comprador o inquilino a buscar la vivienda que se adapte a sus necesidades. Esa dedicación requiere de tiempo y dinero. En nuestro caso en RE/MAX a un vendedor se le está ofreciendo entre otros servicios el publicitar su propiedad en numerosos portales nacionales e internacionales para que se multiplique exponencialmente las posibilidades de atraer a un futuro comprador o inquilino “cambios de residencia de trabajo, separaciones o divorcios, estudiantes, etc” por la cual es un desembolso económico que dudo que un particular salvo que sea solvente y con mucho tiempo libre se plantease a invertir por no decir todo el trabajo que viene en la postventa que es realmente el trabajo más laborioso para preparar toda la documentación para su firma cuando los actuales propietarios son divorciados, herederos que no se hablan entre ellos, etc., por decir uno de los muchos servicios que ofrecemos. A un cliente inquilino o comprador se le hace un servicio personalizado en el cual nuestro trabajo requiere la canalización de esa necesidad, es decir, buscamos evitar que vea 20 viviendas y seguir sin una idea clara de lo que busca. Para eso requiere tiempo para calificarle y el buscar, si quiere un pareado, piso, un ático o un bajo con o sin jardín, que esté en urbanización cerrada o no, que tenga 2 o 4 dormitorios, con una orientación determinada, que admitan animales si es un alquiler, que disponga de 2 plazas de garaje, etc. Es fácil decir que un agente gana mucho por no hacer nada pero la realidad es bien distinta y en muchos casos los clientes compradores e inquilinos están haciendo trabajar a otras inmobiliarias con lo cual en muchas ocasiones tú trabajo o el de los otros se va a la borda por esa falta de fidelidad. ¿Verías normal un médico que le esté dedicando un tiempo a tú enfermedad y haciendo un seguimiento a la evolución de la misma de repente se entere de que os lo están siguiendo también otros colegas de profesión y que el tratamiento que sigues para tú rehabilitación es el de otro?, ¿cómo crees que reaccionaría y te diría el médico?, el mismo caso se puede aplicar a un abogado que te lleve un caso, un arquitecto que te haga un proyecto para tú casa, etc.
Buenas tardes Luis,
Me sorprende poderosamente la atencion, y no lo pongo en duda, que haya gente con ideas tan poco claras sobre sus propios gustos o necesidades a la hora de adquirir o arrendar su propia vivienda, por lo visto lo visto y usando tus propias comparaciones con profesionales de la medicina o el derecho, ¿no crees que un abogado no cobra lo mismo por un juicio laboral o de faltas que por un por un encausamiento criminal, o un medico de familia cobra lo mismo por atender un catarro que un oncologo?
En resumen, en mi opinion el servicio, que es fundamental y necesario, lo debe soportar quien lo contrata, me refiero a propietario o arrendataro, por eso digo “contrata” y en caso de cobrar un servicio al cliente, este debe ser proporcional al servicio prestado. No es lo mismo ver dos casas que 22, ni es lo mismo aparcar mi coche en un garaje 6 horas que 6 minutos. Esto ya esta superado y regulado en muchos sectores, y es hora que también se haga en el inmobiliario.
un saludo
Gracias por tu aportación, Luis. Desde luego, esto que comentas es uno de los temas más debatidos en cuanto a la mediación inmobiliaria y, de hecho, muchas voces de denro del sector proclaman que los honorarios deberían ser asumidos por quien realiza el encargo, como sugieres. Está claro que es un tema a solucionar.
En las comision ,de la venta de un piso, de un API hay que añadirle el IVA.?
Gracias.Atentamente
Fdo.: Jesús Palacios Arandilla
Sí, Jesús, todos los profesionales están sujetos a IVA.
Que responsabilidad tiene un API si te alquila el piso con un mes de moratoria de alquiler para poder cobrar su comision y cuando el propietario tiene que empezar a cobrar su primera mensualidad no la cobra y el inquilino se va?
Antoni, muy resumidamente: un profesional no puede responder por el incumplimiento de un arrendatario en las obligaciones arrendaticias de éste, ya que no es responsable de sus acciones, que tienen el carácter de personales.
En todo caso, el arrendador siempre puede dirigirse ante los Tribunales de Justicia contra el arrendatario que deje de abonar la renta, o que desista anticipadamente del contrato.
Esperamos haberte ayudado.
Pues con todo el respeto me da la sensacion que en mi caso a primado mas el poder cobrar la comision que no el buscar la seguridad del arrendador frente al arrendatario. Te quedas con la sensacion de que no necesitas un API para gestionar el alquiler ya que lo unico que veo es el inconbeniente de que el proceso salga mas caro i sea mas dificil alquilarlo en estos tiempos. Visto lo visto de confianza hacla un profesional API ninguna. Para pifiarla como en mi caso yo me valgo. De todas formas gracias por tu informacion Rebeca.
Antoni,
Tu sensación de indefensión es totalmente comprensible. Como comentábamos antes, el agente inmobiliario no puede responder por el arrendatario. Aún así, lo que sí debe es realizar todas las gestiones que están a su alcance para asegurarse de que el inquilino es de la máxima confianza posible. Por eso es muy importante escoger el profesional adecuado.
Si contraste a un API colegiado y consideras que su gestión ha sido negligente, puedes dirigirte al Colegio al que pertenece y formular una queja. Si se trata de un agente inmobiliario no colegiado, entonces deberías dirigirte a los tribunales.
Eso no es cierto, si contratas a unprofesional que cobra por ello. Como mínimo se ha de informar de la solvencia del cliente, como mínimo. Y si no lo ve claro pedir un aval o buscar otro cliente. ¿Sino para que se le paga? ¿Solo para enseñar el piso y hacer un contrato?
Efectivamente, Javier. Por eso insistimos en la importancia de contar con los servicios de un profesional que sea de absoluta confianza. Los buenos agentes inmobiliarios te hacen ahorrar dinero.
Antoni, nosotros recomendamos a nuestros clientes arrendadores que se hagan un seguro de protección de alquiler para que en el caso de que el inquilino deje de pagar o se vaya como es tú caso se hagan ellos cargo del periodo contratado (3, 6 o 12 meses) exceptuando el primer mes que es de suponer que ya lo hubieses cobrado de la fianza abonada por ley junto a la primera mensualidad anticipada por el arrendatario. Mientras tanto el seguro ya se encargaría de desahuciar y buscar a esa persona aunque te aseguro que de haberse hecho un estudio previo de impago o morosidad a esa persona, nunca hubieses hecho ningún contrato de alquiler con él.
Hola.
Agradeceré puedan resolverme 2 dudas que me planteo:
1. Para ser agente inmobiliario, es decir, llevar a cabo las gestiones necesarias para la compra venta de inmuebles y el asesoramiento pertinente a compradores y vendedores, es necesario poseer algún título oficial o permiso gubernamental? O cualquier persona con conocimientos puede desempeñar estas funciones solo estando dado de alta en autónomos e inscrito en el epígrafe correspondiente de IAE.
2. Los portales de internet que publican inmuebles en internet también suelen cobrar entre un 3% y un 5%?.
De no ser así, en donde radica el beneficio de estos portales, y cual es el trabajo que realmente desempeñan, además del propio de servir de escaparate de viviendas en la red.
Muchas gracias
Un saludo
Juan Carlos,
Respecto a tu primera pregunta, estás en lo cierto, con una excepción: Cataluña. En Cataluña, se creó en el año 2010 un Registro de agentes inmobiliarios de obligada inscripción para todos los profesionales que quieren ejercer la actividad de mediación inmobiliaria en territorio catalán. Para poder acceder a este Registro es necesario acreditar, entre otros, tener un establecimiento abierto al público, la posesión de la garantía (para responder de las cantidades recibidas en el ejercicio de la actividad) y del seguro de responsabilidad civil y un determinado nivel de formación.
Por lo que respecta a los portales inmobiliarios, se trata simplemente de “expositores de inmuebles” virtuales que facilitan un buscador que permite listar los inmuebles según diversos parámetros que el propio usuario indica (si son de compra o alquiler, en qué localidad, de cuántos metros, etc.). No cobran comisión (no nos consta), porque no intermedian. Lo que sí que cobran es una tarifa publicitaria por insertar el anuncio, como si de cualquier otra plataforma publicitaria se tratara. El beneficio de su uso radica, en todo caso, en el hecho de que la información es mucho más accesible y a mucho más público que si se anunciara el inmueble en el escaparate de la agencia, por ejemplo. ¿Respondemos a tu pregunta o te estás refiriendo a algún portal en concreto?
Me has resuelto perfectamente las dudas.
Muchas gracias.
Estoy totalmente a favor que la comisión (que no Honorarios, eso viene de honor y me parecen palabras que no ligan con el mercantilismo) de los alquileres la pague el propietario. Es muy fácil delegar en una agencia y luego decir que ese servicio contratado por el propietario lo pague el cliente arrendador…de verguenza!!. Lo que pasa es que vivimos en una sociedad muy cómoda y tonto el último.
Y, desde luego, cobrar un 5% en la venta de un inmueble es una cantidad de juzgado de guardia. Pongamos el caso de una vivienda de 500.000 €, eso representan 25.000 € para el agente-especulador-intermedio. Ya basta de tanta sangría que el país no necesita a estos “intermediarios”. Propongo a los propietarios y clientes que se informen de los procesos y no deleguen tanto.
Saludos
Y el valor de tú casa de 500.000 euros cuando en su momento te costó probablemente hace 20 años 150.000 euros ¿eso no es un robo para el comprador cuando existen viviendas nuevas por ese precio o más baratas? Te aseguro que eso pasa en el 95% de las viviendas de segunda mano con esa antigüedad. En una relación profesional tienen que estar de acuerdo ambas partes, a mí me han dicho que no más de una vez por mis honorarios y condiciones pero también he dicho no cuando un propietario me ha querido proponer vender su casa que está para entrar con una excavadora a precio de un palacio por el simple hecho de estar localizado en una buena zona.
Javier; en el mundo hay muchas injusticias, sobretodo en el ámbito laboral mundial. Pero no por ello vas a recomendar que una profesión digna y necesaria como la del comercial inmobiliario desaparezca. Estás queriendo hacer pagar a los justos por los pecadores y por esa regla de 3, TODAS LAS PROFESIONES DEBERÍAN DESAPARECER Y CADA CUAL QUE SE LAS ARREGLE SOLO. UNA AUTENTICA ESTUPIDEZ, ¿VERDAD?. Gracias a mí, muchas familias han salido adelante, porque les he vendido sus casas (casas muy difíciles de vender por su estado y ubicación). Y por supuesto han quedado muy satisfechos. ESO ES SERVIR, NO ESTAFAR.
Gracias por tu aportación al debate, Alberto.
Totalmente de acuerdo. E insisto, sino estamos de acuerdo con los honorarios del agente inmobiliario, no acudir a pedir sus servicios. Nadie está obligado a ello. Pero si buscan asesoramiento, y seguridad en una operación inmobiliaria y por ello acuden a un profesional del sector, lógicamente ello lleva una contraprestación.
Soy agente inmobiliario y creo que es un servicio cada día más necesario en el mercado en que nos encontramos. Y comparto la opinión del compañero que desde nuestra profesión cumplimos una función social, de la cual muchas familias han salido favorecidas.
Buenas tardes,
Me pregunto cómo se sienten otros agentes inmobiliarios al leer los comentarios. Yo soy agente y trato siempre de prepararme, estudiar y trabajar mucho para poder ayudarles a los propietarios a que vendan sus casas al mayor precio posible y en el menor tiempo. El propietario la mayoría de las veces pone su precio por encima del precio de mercado y se basa en que lo compró más caro y que no lo quiere vender por debajo de eso. Yo como agente y la agencia que represento dedicamos meses de trabajo que incluye fotos profesionales, retoque, informe con análisis de mercado, subir la propiedad a cerca de 100 portales de internet nacionales e internacionales, compartirla con cerca de 1200 agentes en costa del sol, llevar los compradores a la casa, dar un feedback a los propietarios de lo que han dicho los compradores. Si la casa no está en su precio, pueden pasar meses y meses y yo no recibo ni un céntimo por aquello, pero sí pago mensualmente gastos en la agencia y los pagos mensuales de seguridad social. Si en el peor de los casos no se vendió la casa, nadie me habrá pagado jamás nada. Todo bien porque si no se ha vendido la casa pues no se paga, pero luego entrar en una página web y ver que a pesar de todo este trabajo con tezón y corazón y no recibir ni un céntimo por ello, sí se recibe críticas al punto de llamar al agente un fraude o que no hace nada es muy doloroso profesionalmente hablando. Claro yo trabajo con exclusiva abierta donde el propietario es el que más se beneficia y el único que no quiere un contrato de exclusiva, prefiere hacerlo solo y publicar en 2 o 3 agencias en lugar de hacerlo con cerca de 1200 agentes solo contratando a uno, al que no le pagará ni un duro hasta que no se venda. Y ojo que más del 95% de las ventas se realizan entre 2 agencias o más, osea que los honorarios siempre se dividen en 2 o más partes y de aquello coge un porcentaje el agente individual. Osea puede hacer cuenta que por un piso de 150.000€ que he trabajado por meses cogería 2.200€ Brutos sin descontar gastos de gasolina, gastos de documentación, teléfono y demás gastos que yo haya tenido en base a esta propiedad. Yo he trabajado en marketing muchos años y tengo que decir que el trabajo como agente inmobiliario es muy bonito aunque muy ingrato por parte de mucha gente
Pili,
Resumiendo mucho, para no repetirnos: pagan justos por pecadores. En el mercado inmobiliario, conviven muy buenos profesionales con otros mediocres y con otros rematadamente pésimos… y son estos últimos los que dañan la imagen de todo el colectivo.
Creo que la única arma con la que cuentan los agentes inmobiliarios es precisamente la realización de un trabajo digno y honesto. El consumidor será al final quien escoja. Y si todos, profesionales y consumidores, ponemos de nuestra parte, quizás en el futuro (esperemos que no muy lejano) tengamos mayor cultura inmobiliaria.
De paso que eliminen también los concesionarios de coches y compraremos directamente en la fábrica…que eliminen también todo tipo de supermercados y compraremos directamente en granjas, mataderos o lonjas de pescado…que eliminen también todo tipo de tiendas de ropa, zapaterias, complementos, etc etc…que eliminen también…que eliminen también…que eliminen también….uffff, puestos a eliminar creo que hay muchas cosas para eliminar “afueraparte” (como diría C. Herrera) de los honorarios de las inmobiliarias, no les parece??? Claro que con tanta eliminación el lamentable ya tema del paro, sería más lamentable aun. Por cierto, puestos a eliminar, por que nadie dice de eliminar, o al menos bajar los “abusivos” impuestos que gravan por ejemplo la compra de una casa, ya que estamos con el tema??? Ahhh, debe ser por que sabemos que esto es luchar contra Goliath y hay muy pocas posibilidades, por no decir ninguna, de conseguir algo.
Puedes negociar con el “estado” que no te cobren más del 60% en impuestos en algunas cosas tan básicas como la gasolina o el agua??? Noooooooooo.
Resumiendo: Los honorarios de las inmobiliarias son caros??? Puede que en algunos casos lo sean. Si lo son, NEGOCIA. Ya que podemos negociar por algo, aprovéchalo.
Gracias por participar en el debate, Daniel, y aportar un punto de vista diferente.
Gracias por el comentario, Javier, aunque discrepamos. Por definición, y más allá de la raíz etimológica del término, los honorarios (erróneamente llamados “comisiones”) hacen referencia a los servicios que un profesional con conocimientos específicos y experiencia en una determinada área presta a una persona. Las comisiones son otra cosa.
El problema es seguramente que los agentes inmobiliarios cobran sus honorarios en porcentajes, como decíamos en un comentario anterior. Y la sensación que tiene el usuario se incrementa en la medida en que el importe del inmueble es mayor. Siguiendo el ejemplo que propones, con unos honorarios del 5% sobre un precio de venta de 500.000 euros, tendremos 25.000 euros. Sin embargo, si el precio de venta es de 100.000 euros (que está seguramente más cercano a la realidad del mercado actual), tendremos unos honorarios de 5.000 euros. Como tú mismo decías en un comentario anterior, si deducimos los gastos e impuestos a estos 5.000 euros, la cifra se ve reducida considerablemente… y las gestiones serán muy parecidas en ambos casos (con matices, claro está).
La cuestión es que, por muy escandalosas que a veces parezcan estas cifras al usuario, es el agente inmobiliario el que asume todo el riesgo, ya que sólo cobrará si vende el piso. Por eso mismo, introducíamos hace unos días una cuestión en el debate: ¿qué pasaría si ambas partes compartieran el riesgo? Es decir, si los agentes inmobiliarios cobraran una tarifa por mostrar piso, por publicitarlo , por realizar determinadas gestiones… ¿estaría el usuario dispuesto a pagar estos servicios aunque su piso no se vendiera?
Eso no es cierto, si contratas a un profesional que cobra por ello.Como mínimo se ha de informar de la solvencia del cliente, como mínimo. Y si no lo ve claro pedir un aval o buscar otro cliente. ¿Sino para que se le paga? ¿Solo para enseñar el piso y hacer un contrato?
Efectivamente, Javier. Por eso insistimos en la importancia de contar con los servicios de un profesional que sea de absoluta confianza. Los buenos agentes inmobiliarios te hacen ahorrar dinero. Y, lógicamente, no se limitan a “enseñar el piso y hacer un contrato”.
Gracias por tu aportación.
Efectivamente como API, estoy totalmente de acuerdo con lo que aquí se está debatiendo y compartiendo, es un fiel reflejo de la sociedad actual.
Creo que la labor futura (y presente) del agente inmobiliario, es ofrecer servicios inmobiliarios UTILES y DIFERENTES, a los que cualquier usuario pueda contratar directa y gratuitamente,
y por supuesto con unos honorarios ajustados a la realidad actual.
Ello probablemente ayudaría, a que muchos particulares se replanteasen el intentar vender una vivienda por su cuenta. Es solo una opinión.
Gracias y enhorabuena Rebeca por poner sobre la mesa este tipo de temas, que sin duda alguna ayudan a aportar transparencia a nuestra profesión.
Muy buena aportación, Jordi.
Está claro que el mercado inmobiliario ha cambiado y que el consumidor es cada vez más exigente. Y eso es bueno, muy bueno, para el sector, porque este cambio de cultura inmobiliaria (tanto en los ciudadanos como en los profesionales) favorecerá el establecimiento de un mercado más eficiente.
Por eso siempre decimos que los agentes inmobiliarios deben adaptarse, quizás segmentar su producto, quizás especializarse, en todo caso, es imprescindible ofrecer, como bien dices, servicios de valor añadido al usuario. Y lo más importante, hacerlo con la mayor transparencia y trasladando al cliente la máxima información sobre el producto y los procesos. De lo contrario, será difícil conseguir que los ciudadanos confíen en los profesionales inmobiliarios.
siguen sin explicar el verdadero asalto a mano armada que significa para alguien que va a alquilar un piso el pagarle a una inmobiliaria un 10% de la anualidad mas el coste del contrato etc,etc solo por mostrarte un piso por diez minutos porque todo lo que haga el agente fuera de esos diez minutos no tiene nada que ver con el servicio que le presta al futuro inquilino. y no me digan que si no me gusta no alquile porque todos sabemos que vivir en la calle no es una opción. las inmobiliarias se abusan y deberían de ponerles freno.
Juan, la mayoría de agentes inmobiliarios (sino todos) estarán de acuerdo contigo. El sentido común nos dice que debería ser el propietario el que pague los honorarios del agente inmobiliario, puesto que es el propietario el que solicita el servicio. Y así lo entienden en muchos otros países. No obstante, en España es costumbre que sea el inquilino el que asume estos costes y está tan arraigado en nuestra sociedad y en nuestra cultura inmobiliaria que ningún propietario concibe la posibilidad de tener que pagar por este servicio. Luego, el verdadero problema aquí es ¿cómo revertimos esta (mala) costumbre? Fácil no es, por descontado, sobre todo por la reticencia total por parte del propietario. Pero quizás sería interesante que pensemos cómo podemos incidir en este problema. ¿Ideas?
No estoy del todo de acuerdo contigo Rebeca ya que el servicio se le hace a los dos. A un arrendador le ayudas a promocionar su propiedad en el mercado pero cuantas veces a pasado que un inquilino ha estado mirando casas contigo y después de haberle dedicado tu tiempo y dinero en desplazamientos y manutención para dedicárselo, resulte que al final hace el contrato con otro “directamente con la propiedad o inmobiliaria”. ¿Eso no está mal visto verdad? pero cobrar un trabajo aunque sea la primera vivienda si. Desde mí punto de vista se tendría que cobrar el 50% de una mensualidad + IVA a ambas partes.
Gracias por el matiz, Luis. Está claro que el inquilino en muchas ocasiones se escandaliza por los honorarios que paga al agente al que alquila la vivienda, pero raramente se acuerda de los 15 pisos anteriores que visitó en otras agencias… de esos otros agentes que no cobraron nada y realizaron también un servicio de búsqueda de un inmueble, que acompañaron al cliente en diferentes visitas, que incurrieron en costes de desplazamientos, de tiempo, etc. Porque, como ya hemos dicho por aquí anteriormente, los agentes inmobiliarios cobran sólo si cierran la operación. Y de eso pocos se acuerdan, ciertamente.
Buenas,
Acabo de llegar de ver un piso en alquiler y la mujer de la inmobiliaria me ha dicho que hay que pagar los 500€/mes al dueño del piso, y 120€/mes a la inmobiliaria. ¿Es esto justo? Es decir, el que ha contratado a la inmobiliaria es el dueño del piso, no yo que soy el posible inquilino. Entiendo que yo como inquilino tenga que pagar el equivalente a una mensualidad a la inmobiliaria por su trabajo (en mi caso 500€), pero pagarle cada mes 120€ a la inmobiliaria me parece un abuso. Si estoy un año viviendo allí le habré pagado 500€ por servicios (que los acepto porque es su trabajo) y 1440€ en mensualidades durante un año, ¿Eso es justo? ¿O legal?
Muchas gracias de antemano.
Eric, gracias por tu aportación.
Verás, en primer lugar, sería importante aclarar que la función básica del agente inmobiliario es mediar. Según nos cuentas, los honorarios por la mediación son de 500 €.
Si, además, este agente se encarga también de la administración del alquiler, que es también el caso según explicas, lógicamente cobrará unos honorarios profesionales por ello. Bien, como decimos en el post, prima siempre el pacto entre las partes y no existen unos baremos respecto a los honorarios profesionales, con lo que te recomendamos que lo consensúes con el agente.
De todas maneras, lo que sí que te podemos avanzar es que lo lógico (y lo habitual en la mayor parte de los casos, afortunadamente) es que estos gastos los asuma el propietario que, como bien dices, es el que solicita el servicio de administración, y que además, cobrar 120 € de administración para una renta de 500 € es exagerado.
Hola Rebeca,
Es comprensible que defiendas el punto de vista de los agentes inmobiliarios y se agradece que lo hagas evitando la confrontación y la acritud en tus comentarios.
Como usuario de servicios inmobiliarios, también bancarios, legales, médicos y de otras profesiones liberales que cobran honorarios por su trabajo, te doy mi punto de vista: es perfectamente razonable que cobréis honorarios por vuestro trabajo y se me antoja que cabe poca discusión en ello. Lo que sí es MUY discutible es el montante desproporcionado de dichos honorarios. Pensemos en profesionales relacionados con el mismo ámbito para evitar distorsiones excesivas en la comparación, por ejemplo, los honorarios de notaría y de los registradores de la propiedad. ¿Tienen el notario que avala unas escrituras o el registrador de la propiedad una responsabilidad 10 veces menor a la del agente inmobiliario? Porque ese es el orden de magnitud, como mínimo, que separa LA SUMA de honorarios de estos dos profesionales con la del agente inmobiliario. Y yendo más allá, aún tiene cierto sentido que los honorarios los pague el vendedor, pero, ¿¿¿¿el comprador????. ¿Una visita de 15 minutos justifica unos honorarios del 2,5% sobre un piso de 400.000 (10.000 euros)? Cada cual es libre de justificar el coste de sus servicios como desee. Pero, cuando un buen día no tengáis “queso” para comer, os preguntaréis como el ratón de la fábula: ¿Quién (narices) se ha comido mi queso?
Un abrazo
Hola Pierre,
Está claro que el debate se centra en los honorarios. Seguramente no tanto en el qué como en el cuánto. Es probable que la mayoría de usuarios de servicios inmobiliarios entiendan, como lo entiendes tú, el qué, es decir, que los agentes inmobiliarios deben cobrar unos honorarios y ser compensados económicamente por los servicios que prestan, como cualquier otro profesional. Ahora bien, seguramente no serán tantos los que entiendan el cuánto.
Podremos estar de acuerdo en que los profesionales deben mirarse al espejo y empezar a cuestionarse el modelo de negocio y adaptarlo (en todos los aspectos) a los tiempos actuales, incluyendo el famoso “cuánto”, si es el caso, por qué no. Ahora bien, eso de que “tiene sentido que los honorarios los pague el vendedor”, pero no el comprador, no lo compartimos.
Comprar una casa no es cuestión de 15 minutos, ni mucho menos. De lo contrario, hace mucho tiempo que no existirían agentes inmobiliarios. Los portales inmobiliarios, que hace años que funcionan, permiten al propietario/comprador entrar en contacto con el comprador/propietario en tan sólo un clic. Incluso hay quien se ha aventurado a subastarse su inmueble en Ebay… pero los agentes inmobiliarios siguen existiendo. ¿Por qué? Pues porque comprar/vender una casa no es tan sencillo como descargarse un modelo de contrato de compraventa estándar de internet y firmarlo ante notario.
Cada transacción tiene su historia: algunas puede que sean muy simples, pero otras son muy complejas. Y es normal que quien compra una vivienda quiera tener la seguridad de que el inmueble tiene un precio razonable según su ubicación y situación de mercado, de que está libre de cargas, de que el contrato que firma es perfectamente legal y contiene las cláusulas adecuadas, de que consigue una buena financiación… y un largo etcétera de aspectos. En definitiva, se está jugando mucho dinero.
Para poder realizar este asesoramiento con garantías se requieren algo más de 15 minutos. Hay agentes inmobiliarios que se pasan toda su carrera estudiando el mercado, las nuevas normativas, que saben cómo negociar, etc. ¿Que el trabajo del agente inmobiliario no goza de reconocimiento social? Estaremos de acuerdo. ¿Que los grandes responsables de que esto ocurra son los agentes? También. Pero que existe un trabajo cualificado en todos los tipos de transacciones (ojo, hablamos de agentes inmobiliarios profesionales… malos ejemplos hay en todos los sectores), existe.
Gracias Rebeca,
Es cierto que he llevado el argumento al extremo, pero queda claro que me estaba refiriendo a los servicios que recibe el comprador, no al trabajo ni el tiempo total que debe emplear el agente a la venta. En tu comentario mencionas algunos servicios que se prestan al comprador, pero muchos de ellos (solicitud de nota simple para verificar cargas, revisión del contrato, etc. ) pueden contratarse de manera mucho más económica con otros profesionales, en caso de que no se tenga la formación o no se disponga de tiempo para llevarlos a cabo uno mismo. En cuanto a la búsqueda de financiación, depende mucho más del perfil del solicitante que del posible servicio que pueda ofrecer un agente inmobiliario. En cualquier caso, el comprador puede dirigirse a cualquier oficina de atención al consumidor, mejor si es de AUSBANC, y recibirá el mejor asesoramiento al respecto de forma gratuita o a un coste muy bajo, si fuera el caso.
Pero hay otra cuestión que mencionas que merece una reflexión detallada. Se trata de la labor de fijar un precio razonable según la ubicación y la situación del mercado. Estaremos de acuerdo en que el precio de una transacción inmobiliaria resulta de un proceso de negociación entre las partes implicadas. En dicha negociación, asumiendo que las partes desean llegar a un acuerdo y, por lo tanto, están dispuestos a ceder en sus pretensiones iniciales, el vendedor querrá que el precio final sea el más alto posible y el comprador, por el contrario, querrá que el precio sea el menor posible. Hasta aquí, los roles en la negociación están claros.
¿Y el agente? Si sus honorarios se establecen como un porcentaje sobre el precio de venta, no sería aceptable aludir a la profesionalidad del agente para no aceptar que su interés será elevar el precio lo más posible, por supuesto siempre que la venta se pueda llevar a cabo. Es decir, exactamente como el vendedor!!. En consecuencia, los intereses del comprador y el agente están alineados frente a los del comprador, por lo que es absolutamente injusto que los honorarios se repartan por igual entre comprador y vendedor. De hecho, en la mayor parte del territorio nacional los honorarios son satisfechos exclusivamente por el comprador.
También señalas acertadamento que los portales inmobiliarios, de momento, no han desterrado a los agentes del terreno de juego. Digo de momento porque, al igual que sucede con otros servicios on line, todavía estamos en los inicios del comercio electrónico y es pronto para valorar lo que sucederá en el futuro. Quizás no cambie gran cosa, o tal vez las nuevas generaciones de compradores, más habituadas a un entorno on line y con mejor formación e información supongan un nuevo perfil de consumidor que cambie de sitio el almacén del “queso”.
Pero quiero finalizar mi contribución al debate de manera constructiva. Si el comprador satisface honorarios al agente, estos deberían calcularse sobre el servicio realmente ofrecido, es decir, el nº de inmuebles visitados, si se presta asesoramiento legal o no, etc., y a un precio de mercado similar al que cobrarían otros profesionales dichos servicios. Establecer los honorarios del comprador como un porcentaje sobre el precio de venta no soporta ningún análisis racional sobre estrategias (e intereses) de negociación.
Gracias de nuevo y un abrazo!
En mi mensaje anterior dice:
“De hecho, en la mayor parte del territorio nacional los honorarios son satisfechos exclusivamente por el comprador.”
En realidad, quería decir:
“De hecho, en la mayor parte del territorio nacional los honorarios son satisfechos exclusivamente por el vendedor.”
Pido disculpas por la errata, un abrazo!
Muchísimas gracias, Pierre, por aportar al debate tu punto de vista de una manera tan constructiva.
Sería interesante clarificar la función del agente inmobiliario. Cuando dices: “Si sus honorarios se establecen como un porcentaje sobre el precio de venta, no sería aceptable aludir a la profesionalidad del agente para no aceptar que su interés será elevar el precio lo más posible, por supuesto siempre que la venta se pueda llevar a cabo. Es decir, exactamente como el vendedor!!”, esto no es del todo ajustado a la realidad.
Verás, por definición, el agente inmobiliario media, o lo que es lo mismo, hace contratar a las partes (o “llegar a la mitad de algo”, si tenemos en cuenta la definición del Diccionario de la RAE). Esto significa que, independientemente de que haya sido el vendedor el que hizo el encargo, el agente tiene la función de encontrar un punto común entre las partes para que se pueda producir la transacción. Si, como dices, el único interés del agente fuera elevar el precio del inmueble para que sus honorarios sean más elevados, nunca se cerraría la operación, pues no encontraría salida de mercado (el comprador no estaría dispuesto a pagar el precio). Por lo tanto, no, el agente inmobiliario no eleva el precio del inmueble. El agente inmobiliario media para que las dos partes satisfagan sus intereses de la manera más beneficiosa para los dos.
Otra cosa sería si habláramos de agentes del comprador o de agentes del vendedor. En otros países, como los Estados Unidos, estas figuras están arraigadas, y trabajan en el interés de una de las partes, exclusivamente. Aunque aquí están empezando a desarrollarse (si quieres, te invitamos a leer el post que escribimos sobre la figura del personal shopper inmobiliario: https://www.api.cat/noticias/es-rentable-convertirse-en-personal-shopper-inmobiliario/), todavía les falta camino.
Por último, entiendo entonces que preferirías que los agentes inmobiliarios cobraran tarifas en vez de honorarios, ¿no es así? ¿crees que la mayoría de usuarios de servicios inmobiliarios aceptarían, por ejemplo, pagar los servicios de su agente inmobiliario incluso aunque no vendiera su inmueble o no le consiguieran un piso de compra?
Buenos días,
Este es sin duda un sector muy controvertido sobre el que, como en el fútbol y en la política, todo el mundo opina, cosa lógica considerando que casi todos han sido cliente de una agencia inmobiliaria alguna vez en su vida.
Siendo desapasionad y evitando los juicios de valor personalizados a los que somos tan propensos en estos foros intentaré argumentar varios de los puntos aquí tratados:
1. ¿Honorarios o comisión?
Depende de la calidad de tu trabajo. Si haces fotos profesionales (que valen dinero), haces una valoración conforme a la Ley de Valoraciones Inmobiliarias (que requiere conocimiento), haces el levantamiento de la vivienda con precisión (que vale dinero), haces acopio de toda la información necesaria (que requiere tiempo), haces una buena descripción del anuncio (que requiere tiempo), la traduces a varios idiomas para posicionar mejor (que requiere un conocimiento que no abunda o dinero), cruzas la vivienda con tu demanda latente utilizando un CRM (que vale dinero), publicas en portales (que valen dinero) y difundes a través de RRSS (que requiere know-how específico)…, entonces DAS SERVICIO CON ALTO VALOR AÑADIDO Y MERITAS UNOS HONORARIOS que solo cobrarás en caso de éxito (a diferencia de un médico que cobrará igual aunque diagnostique mal, o un abogado que lo hará aunque pierda el caso).
El drama es que esta voluntad de servicio es infrecuente o deficiente, y por tanto muchos agentes, en puridad, COMISIONAN.
2. ¿Quién debe pagar los honorarios del alquiler?
Sin duda lo justo es que los pagaran al 50% arrendador y arrendatario. Estamos ofreciendo servicio a ambos y es la única manera en que ambas partes PUEDAN EXIGIR ecuanimidad y servicio al agente. La razón por la que no es así es porque si los agentes cobráramos los honorarios a la propiedad, esta dejaría de encargarnos la gestión del alquiler de su vivienda. Esta es la triste realidad; yo lo sé y todos los agentes opinando en este foro también.
3. ¿Cuánto valen nuestros servicios?
En primer lugar hay que tener en cuenta una premisa que es la del “binomio riesgo-beneficio”: Si yo asumo mucho riesgo (cobrar en caso de éxito y solo en caso de éxito lo és), entonces debo poder exigir un mayor beneficio. Tengamos en cuenta que en muchos casos, las operaciones no terminan en venta con lo cual el resultado de la operación para el agente es de 100% COSTE. Por eso las operaciones exitosas deben poder compensar por todas aquellas en las que no se gana nada. Es una operativa muy parecida a la de los fondos de capital riesgo.
Si un cliente de agencia piensa que los honorarios del 3% al 5% son muy altos, estoy seguro que su agente se sentirá feliz de cobrarle un cantidad fija por sus servicios, VENDA O NO VENDA.
Conclusión: ¿Hacia dónde debemos ir?
A mi juicio sería ideal un escenario en que un cliente localiza a una agencia y le paga unos honorarios por realizar un trabajo INDEPENDIENTEMENTE de su resultado. De este modo:
a) El cliente podrá exigir un servicio de calidad desde el momento cero.
b) El cliente dejará de especular con vender a precios inasumibles, porque habrá pagado por que le ofrezcan un servicio que no es a éxito.
c) El cliente se esforzará en contratar a una buen agencia y no a CUALQUIER agencia, que es lo que ahora hace única y exclusivamente porque no va a pagar si esta no vende.
d) Desaparecerá la palabra “comisión”.
e) Se trabajará siempre en exclusiva, con un proveedor de confianza (mi médico, mi abogado, mi fisioterapeuta, mi agente inmobiliario)
e) El precio de lo servicios se situarán de manera natural según el posicionamiento de cada empresa, y no en función de factores externos.
Muchas gracias por tu aportación, José Luis. Se agradece tu franqueza.
¡Debate apasionante y que pone el dedo en la llaga sobre la imagen que los clientes tienen de los agentes inmobiliarios!
Creo que habría que separar varios puntos que José Luis ha resumido de manera muy acertada:
* ¿Honorarios o comisión? la clave es si hay valor añadido o no. Está claro que si no hay un conocimiento y expertise del inmobiliario, más una inversión en la valorización del producto (realización de un plan de marketing y ventas + una implementación del mismo), probablemente lo que se cobra sea una comisión, pero si ese valor añadido existe, se están devengando unos honorarios por un servicio profesional.
* ¿Honorarios a éxito o tarificación de servicios? Personalmente, me gustaría que nos moviésemos en el segundo escenario, ¿por qué? porque nuestro trabajo siempre estaría remunerado en función del esfuerzo que hayamos realizado.
Y os podéis preguntar, ¿Por qué no lo hacéis? en mi caso diría, que por que conozco a pocos propietarios, sobretodo si son personas físicas, que estén dispuestas a pagar por la prestación de servicios que supone la venta de su vivienda, por lo que optan por unos honorarios a éxito y ahí, como bien se comentaba en este foro: ¡Riesgo va unido a Rentabilidad ! y cuando tú riesgo es que si no vendes, cobras 0 €, pues no te queda otra que tenerlo en cuenta, puesto que hay una serie de gastos de estructura que tienen que cubrirse sí o sí: alquiler local, seguro de responsabilidad civil, pólizas de garantía, afiliación a colegios profesionales, afiliación a asociaciones de inmobiliarios, coste de luz y agua, cotización a la seguridad social, formación, pago de un 21% de IRPF sea tu facturación anual de 1000 o de 100000 €…. Es decir, que cuando se hablaba de unos honorarios de 25000 € por la venta de una vivienda de 500.000 €, estos ingresos son brutos:
– para empezar un 21% (5250€, más de 1/5 parte) se lo lleva Hacienda.
– para seguir hay que imputarle los costes de estructura anuales que no bajarán de los 12000 € / año, sumando Seguridad Social más local, más transporte y partiendo de que no se tiene personal, porque en ese caso, los gastos de estructura se disparan!
– y para terminar, ¿cuántas viviendas de 500.000 € se venden al año?
Os aseguro, que muchos de nosotros preferiríamos, cobrar menos pero tener una seguridad de que vamos a cobrar todos los meses.
* ¿Honorarios alquileres? – Estoy totalmente de acuerdo en que deberían ser pagados al 50% por arrendatario y arrendador, porque a ambas partes se les da un servicio y una seguridad. Lógicamente, es función del profesional inmobiliario:
– no solamente informar de manera veraz sobre el inmueble que se alquila y las condiciones de alquiler del mismo facilitando al potencial arrendatario la elección de su vivienda y evitándole desplazamientos absurdos.
– Si no también, verificar la solvencia del arrendatario y realizar un análisis de su situación financiera y verificar el cumplimiento de toda la legislación referente a la vivienda, que es bastante amplia y farragosa…
y ¿por qué ahora no se pagan al 50%? pues porque el uso y costumbre, en Catalunya y sobretodo en vivienda, es que esos honorarios sean pagados por el arrendatario y es muy difícil convencer al arrendador de que él también tiene que asumir una parte, porque mensualmente va a obtener una rentabilidad por su vivienda…
Es labor de todos nosotros, ayudar en el cambio de esta costumbre, haciéndole ver al propietario qué servicios se le prestan y por qué le interesa asumir una parte de los honorarios.
* ¿Percepción del cliente del agente inmobilario?: veo en este foro que sigue percibiéndose que es un profesional que cobra mucho por no hacer nada… ¡Malo para nosotros!
Nuestro objetivo tiene que ser informar al cliente de por qué servicios nos está pagando, es este aspecto deberíamos centrar nuestros esfuerzos en informar sobre:
– ¿Qué servicios estás contratando cuando te vendemos una propiedad?
– ¿ Qué servicios estás contratando cuando te alquilamos una propiedad?
– ¿Cómo podemos ayudarte para que compres una vivienda? ¿estás dispuesto a pagar porque un profesional te asesore en la mejor opción de inversión en una de las compras más importantes de tu vida?
Yo creo que, en la medida que el cliente entienda por qué paga, no habrá honorarios caros o baratos, si no habrá diferentes tipos de profesionales con su conocimiento y su posicionamiento, en los que los clientes confiarán y por los que pagarán unos honorarios u otros: ¿A qué todos estamos de acuerdo en que no le pagan lo mismo a Messi que a un jugador de la Ponferradina? ¡y ambos son jugadores de fútbol! 🙂
Como profesional, doy las gracias a todos los clientes que manifestáis vuestra opinión: ¡Nos ayudáis a crecer!
¡Muchas gracias por tu comentario, Montse! Sin duda, es muy importante, como bien dices, que el cliente entienda por qué paga y en este punto la responsabilidad es del agente, que es quien debe saber transmitir a su cliente el valor de su trabajo.
Hola,
Muy interesantes los dos últimos comentarios. En relación con lo que decía Rebeca, la realidad es un concepto que se ha discutido mucho a lo largo de la historia. Lo que llamamos comúnmente realidad es la percepción que de ella tenemos, y como tal está sujeta al conjunto de creencias, experiencias y valores previos, a la mayor o menor capacidad de empatizar con el prójimo, etc. En consecuencia, cuando uno dice que algo no se ajusta a la realidad, lo que está queriendo decir es que no se ajusta a la realidad que uno percibe, situación en la que me incluyo, ¡por supuesto! Al final, la suma de todos los puntos de vista nos enriquece a todos.
Pero me estoy yendo del tema.
Un agente inmobiliario que pretende vender (VENDER) una propiedad y percibe honorarios calculados como un porcentaje del precio de venta, necesariamente está más identificado con el vendedor que con el comprador. Y claro que intentará ajustar el precio de manera más realista que el propietario, pues no está sometido a connotaciones sentimentales y, en una época como la actual, sufre menos el síndrome de fijación de precios que tanto dinero hace perder a los inversores en otros mercados. Y por supuesto que el agente preferirá cerrar dos ventas con una rebaja de precio del 20% a negociar sólo una con un incremento del precio del 20%, pues sus ganancias habrán sido mayores sea cual sea el porcentaje sobre el precio que perciba. Pero eso no quita lo fundamental: en caso de que los honorarios se establezcan como un porcentaje sobre el precio de venta, es lícito que el agente aspire a que el precio sea el más elevado dentro del margen que permita la venta, y esto va contra los intereses del comprador.
En cuanto a propuestas, me ha gustado mucho el símil que plantea José Luis entre las comisiones/honorarios cobrados a éxito y el capital riesgo. Me parece un argumento convincente y creo que sería una buena alternativa cobrar tarifas (al propietario vendedor) por el trabajo realizado, independientemente de que la venta se lleve a cabo o no. El problema es que algunos vendedores pueden pensar que el incentivo del agente para llevar a cabo la venta se elimina y prefieren pagar una comisión a éxito, aunque sea más elevada, pues creen que así el agente estará más motivado. Pero, al igual que se hace en otros negocios, podrías dejar que sea el cliente el que elija:
1. Sólo a comisión. ¿Prefiere usted pagarme sólo en caso de que se realice la venta? En ese caso, el riesgo que asumo conlleva que mis honorarios sean X % sobre el precio.
2. Sólo con tarifas. El trabajo que voy a llevar a cabo es (descripción detallada) y mis tarifas son (descripción detallada), mucho menores que un porcentaje sobre el precio de venta, pero lo cobro por hacerme cargo de las gestiones que le he descrito, se cierre la venta o no gracias mi intermediación.
3. Híbrido. Se puede cobrar unas tarifas básicas por el encargo y el trabajo, más reducidas que en el caso 2, y añadir una comisión a éxito más baja que en el caso 1, de manera que el agente reduzca su riesgo y el cliente pague menos honorarios totales por el trabajo.
Por proponer también un símil, hay clientes de seguros del automóvil a los que les puede parecer excesivamente caro contratar un todo riesgo, pero incluir una franquicia permite a la aseguradora reducir el riesgo y, consecuentemente, ajustar la tarifa de manera significativa. El cliente elige entre varias opciones y es una estrategia ganar-ganar clara.
¿Y el comprador? Creo que he dejado claro que no debería abonar honorarios, y si lo hace en ningún caso calculados como un porcentaje sobre el precio de venta, por todo lo expuesto anteriormente. Comprendo que vuestro punto de vista -vuestra percepción 😉 -pueda ser distinto. Pero si me queréis convencer (quizás a mí no, pero sí al resto de clientes compradores), no me digáis que me garantizáis que el contrato es correcto, o que el inmueble está libre de cargas porque tenéis una nota simple solicitada recientemente. Esas cosas las puede llevar a cabo una gestoría, de manera innegociable la que decida el banco en caso de requerir financiación, a un coste bastante más bajo. Lo que yo, como cliente comprador, querría conocer, son otras cosas:
– Esta propiedad no sufre vicios estructurales conocidos desde hace tiempo que van a requerir una derrama importante en un futuro muy próximo.
– El propietario tiene pagados todos los impuestos municipales (no sólo el IBI del último año que solicitará el notario, también de todos los anteriores hasta la prescripción del impuesto) y está al corriente de los pagos de servicios. Seguro que puedo pleitear para demostrar que el moroso es el propietario anterior, pero como mínimo esto me producirá molestias que no deseo.
– En ese solar tan coqueto que está justo delante de la terraza, que me ofrece unas vistas despejadas y donde el propietario me ha dicho que va a dedicarse a zona verde o a la construcción de un colegio para mis niños, no está proyectado desde hace tiempo un edificio de 20 plantas.
– En la zona donde está ubicado el inmueble, tan agradable entre semana, no se producen los fines de semana reuniones lúdico-festivas que pueden ser estupendas para participar en ellas, pero a lo mejor no las deseo cuando mi bebé está intentando conciliar el sueño, con lo que le está costando últimamente al muy bribón.
Y en fin, etcétera. Muchas de estas cosas las podría averiguar, y es aconsejable que lo haga, por mí mismo. Pero pagaría gustosamente una tarifa razonable si es el agente el que me informa al respecto con ciertas garantías.
Tal vez parte del problema sea justamente ese, las garantías. Los agentes inmobiliarios conformáis un colectivo de profesionales muy heterodoxo en el que es extraordinariamente difícil separar el trigo de la paja. O, como sugería Montse, reconocer quién es Messi y quien el jugador anónimo de la Ponferradina. Y la mayoría cobráis actualmente comisiones similares, aunque lo más grave es que los mejores no son necesariamente los más caros. En todos los negocios, la reputación se gana y la profesionalidad se demuestra con el tiempo. Un problema al que os enfrentáis es que la mayor parte de los usuarios de vuestros servicios (me refiero exclusivamente a la compra-venta), probablemente os contratará una única vez, a lo sumo dos, en su vida. Seguro que después hablará bien o mal de vosotros, según le haya ido en la feria, pero si bien el boca a boca tiene un impacto brutal en algunas marcas grandes y muy conocidas (Mercadona, como ejemplo positivo, por no querer mencionar a algunas franquicias inmobiliarias con reputación bastante dañada), su repercusión es bastante discutible en el caso de pequeños negocios locales. Tal vez desde el propio colectivo podrías aportar mucho denunciando las conductas poco profesionales o incluso inmorales (no añado las delictivas porque doy por supuesto que eso ya lo hacéis…).
Si habéis llegado leyendo hasta aquí, muchísimas gracias.
Un abrazo y hasta siempre!
Muchísimas gracias por tu valiosa aportación a este debate, Pierre, que no deja de ser seguramente el más importante que debe realizar la profesión para construir un mercado inmobiliario mejor y más eficiente.
Nos gusta que seas tan proactivo y esperamos que tus propuestas en lo que concierne a los honorarios puedan ser realidad algún día. Eso sí, no dejamos de pensar que para que cambie la cultura inmobiliaria, debemos cambiar todos, inmobiliarios y usuarios.
Estimada Rebeca,
yo abro la pagina de alquileres de idealista, y veo unos cuantos pisos interesantes. Pongamos que me fijo en dos. Llamo a los teléfonos de contacto que aparecen. En el primero de ellos, me contesta al teléfono un particular, que queda conmigo y me enseña su piso. Cuando llamo al segundo teléfono, contesta un agente inmobiliario, que también queda conmigo y también me enseña su piso. Si decido alquilar el segundo, el del agente, debo pagar una mensualidad más que si me quedo con el primero. Entiendo que ese (o esa) agente a mi, inquilino, no me ha ofrecido absolutamente ningún servicio, me da lo mismo que el piso me lo enseñe su propietario, su agente inmobiliario (al que él ha acudido), o su abuela. Me da exactamente lo mismo. Yo entiendo que, como dice usted, el trabajo de un agente inmobiliario es complejo, duro, y meritan unos honorarios acojonantes. Pero, lo justo es que los pague aquella persona que HA ACUDIDO a la agencia, y que ha disfrutado de esos servicios. Servicios que, entiendo, consisten en enseñar el piso y encargarse de tramitar el contrato, y que al dueño le da pereza realizar. Por lo tanto, como ese trabajo el dueño “no lo sabe” hacer (vamos, que le da pereza, porque he alquilado sin intermediación de una inmobiliaria y no he tenido ningún problema), pues contrata a un agente inmobiliario….. al que élno tiene que pagar!!! ¡Menudo chollo! Ya se lo pagará el inquilino pringao de turno, y si el inquilino pretende negociar ese punto pues fuera, que no quiero inquilinos problemáticos y seguro que encuentro otros que sí me lo paguen. Y el agente inmobiliario a callar, porque es el propietario quien le da trabajo (su cliente) pero no quien le paga. Por ese motivo tampoco hay una competencia por ajustar los precios entre inmobiliarias, porque quien da trabajo no es quien paga!! Como paga otro, pido lo que me sale de…. y menos mal que no les da por pedir 2, 3 o 4 mensualidades, que el inquilino ignorante y que se deja estafar, lo pagaría. ¿Aún no se os ha ocurrido? Con este panorama, la “solidaridad” que vais a recibir es la de Blesa, cartelazo en la frente y algún que otro escupitajo. Y se “manchará” vuestra “buena reputación, que la teníais”. Estamos todos deseando que se os caiga el chiringuito, que parece que el sector inmobiliario en España no ha quebrado lo suficiente….
Hola Íñigo,
No cabe duda, y tu comentario es un fiel ejemplo, que el mercado inmobiliario suscita gran controversia y sus operadores, todo tipo de comentarios (sin entrar en más detalle). Y también suele ocurrir que en muchas ocasiones se toma la parte por el todo y pagan justos por pecadores (que de estos últimos hay muchos, lo hemos dicho y diremos hasta la saciedad).
Sobre quién debe pagar los honorarios en el proceso de alquiler de una vivienda, si propietario, si inquilino o si ambos, se ha debatido ya anteriormente, así que para no extendernos, te invito a leer los comentarios publicados. Es un debate interesante, porque claro está, no tiene mucho sentido que las cosas continúen como hasta ahora. Cambiarlas no es fácil, pero necesario.
Estimada Rebeca,
Soy nueva en estos temas, pero me surge una duda.
Hace un tiempo hicimos el intento de comprar un piso de segunda mano, incluso llegamos a firmar el contrato de arras. Pero el mismo, estaba sujeto a la concesión de la hipoteca, ya que, por presión de la inmobiliaria, nos hicieron firmarlo aun cuando estaba en trámite. En fin, para no alargar la historia, la hipoteca nunca nos la concedieron, y por lo tanto no pudimos adquirir el inmueble. No obstante a esta situación, la inmobiliaria ha iniciado un proceso judicial demandando su “comisión u honorarios” aun no realizada la compra. Pues alegan que nos han puesto en contacto con el comprador, exigiendo más de un 7% del valor del inmueble, como comisión.
¿Esto es normal? ¿En qué posición nos deja a nosotros, cuando no llegamos a comprar el piso? ¿Es esto legal?
Muchas gracias, Saludos
Ruth,
Es difícil aventurar una respuesta sin poder acceder a la documentación que comentas. De todas formas, no entendemos si vosotros sois sólo compradores o compradores y vendedores, puesto que dices que la inmobiliaria alega que os “han puesto en contacto con el comprador”.
Hola Rebeca,
Gracias por la rápida respuesta, cuando decía ” nos han puesto” me refería a mi marido y a mi. Nosotros somos los compradores. En cuanto a documentación, si es cierto que junto con el contrato de arras firmamos un documento donde acordábamos pagar a la inmobiliaria, por la gestión. Pero entiendo que la gestión no se ha finalizado si no se ha realizado la venta. Mi duda viene en ¿si es legal cobrar una cantidad desorbitada en concepto de comisión cuando no se ha realizado la compra?
Muchas gracias nuevamente,
Hola Ruth,
Entendemos, entonces, que os ponéis en contacto con una agencia inmobiliaria porque queréis que os busquen un piso de compra y que firmáis un documento donde se acuerdan los honorarios que cobrará la agencia por realizar tal gestión.
Preguntas:
– ¿Cuándo hablas de “cobrar una cantidad desorbitada”, que entendemos es el 7% que indicabas en tu anterior comentario, te refieres a que la agencia pretende cobrar más de lo que habíais acordado por contrato? ¿o en el contrato se estipula que sus honorarios serán un 7% del valor del inmueble?
– ¿Vosotros sólo queríais comprar un piso o también pusisteis un piso en venta con esta agencia inmobiliaria? Porque cuando dices que la agencia exige sus honorarios alegando que os han puesto en contacto con el comprador, das a entender que vosotros estáis vendiendo un piso. A no ser que lo que alegue la agencia es que os han puesto en contacto con el vendedor/propietario del inmueble que pretendíais comprar… ¿Nos lo puedes aclarar, por favor?
Hola,
Me explico:
Nosotros intentamos comprar un piso, no pudimos hacerlo pues no se nos concedió la hipoteca. En el contrato si se estipula el porcentaje, y lo firmamos , entendiendo que se pagaba solo si se hacia efectiva la compra; ya que estábamos a la espera de la concesión de la hipoteca.
El problema viene en que la inmobiliaria nos demanda judicialmente, reclamando este dinero, aun no habiendo comprado el piso, y siendo así por causas ajenas a nosotros.
Corrijo, la agencia quiere cobrar este dinero por habernos puesto en contacto, comprador con vendedor. Disculpa.
Saludos
Hola a todos,
Estoy más bien de acuerdo con los comentarios críticos con las inmobiliarias que con aquellos que las justifican. Mis razones:
– Si los agentes inmobiliarios prestan un servicio remunerado, ¿por qué no tienen responsabilidad civil o penal alguna? Cualquier profesional de derecho, medicina, ingeniería… es legalmente responsable por los servicios que presta. En cambio, la inmobiliaria apenas figura en los documentos del proceso de compra-venta. Si surge algún problema, no se le puede reclamar nada, aunque sostengáis que se encargan de velar por que no haya irregularidades y todo se tramite con garantías. A la hora de la verdad, si pasa algo, el cliente está vendido. Al no haber responsabilidades civiles o penales, no se nos asegura una motivación generalizada para una buena praxis profesional. Se deja confiado a la ética de cada cual. Eso no me parece serio.
– Además de que exista el factor riesgo que mencionáis, que justifica un porcentaje alto de comisión, también influye de forma significativa el hecho de que la vivienda sea un bien de primera necesidad. Por eso, la mayoría de las cosas y servicios que tienen relación con ella están encarecidos artificialmente por la especulación.
En una ocasión una comercial de inmobiliaria me explicó que ponían esas comisiones porque hacían muchas visitas infructuosas, para compensar, a lo que repliqué que, de acordar una comisión menor por la venta de cada vivienda, seguramente necesitaría realizar menos visitas vanas porque los clientes estarían más predispuestos a comprar. Igual podría decirse para el alquiler.
Recientemente he estado mirando pisos para comprar, y he tratado de evitar las inmobiliarias. Pero para mi sorpresa, hoy en día no hay apenas carteles en las ventanas o balcones puestos por particulares (uno de ellos me comentó que un agente le aconsejó quitarlos, porque según él se le podrían meter ocupas). Me resulta muy difícil dar con anuncios de particulares en cualquier web neutral (no de agencia inmobiliaria), como Fotocasa, Idealista, Globaliza, Yaencontre, Tucasa… Desconozco el motivo, si es que esos portales están cobrando caros los anuncios de forma que disuaden a los particulares, pero es una realidad. No hay apenas mercado de particulares.
Traigo a colación el caso de una vendedora con la que hablé. Me comentó que ella había publicado como particular un anuncio en Milanuncios, y al día siguiente varias inmobiliarias la bombardearon a llamadas telefónicas. Una de las agencias la convenció para que no pusiera ella misma más anuncios (aunque no había acordado exclusividad con ninguna). Le decían que si pusiera ella sus propios anuncios les haría competencia desleal (sin comentarios…).
Total, que las inmobiliarias han seducido a más del 95% de los propietarios de pisos anunciados en las webs para contratar sus servicios y desentenderse ellos. Y ellos se han dejado convencer, en parte por pereza, supongo, y en parte por insolidaridad hacia el comprador, ya que en principio él no paga los servicios contratados, sino que se repercuten al comprador en el precio de venta.
Otra cláusula que lleva a abusos es la de la exclusividad. Elimina la competencia, y como consecuencia directa, suben las comisiones por el factor especulativo.
¿Qué produce todo esto que he mencionado? Una ausencia de la competencia más temida por las inmobiliarias: los particulares. Retirados éstos del mercado, tenemos a una demanda cautiva y obligada de facto a usar sus servicios (digo bien, obligada. La opción de irse a buscar pisos de particulares no es tal si filtras la búsqueda en Idealista o Fotocasa y encuentras 5 anuncios de particulares y 300 de inmobiliarias).
– Otro abuso, el más sangrante y legalmente discutible, es la ocultación al comprador de la comisión que le cobran al vendedor. Y eso lo hacen casi todas. Supuestamente, es un contrato entre vendedor e inmobiliaria, y por eso en principio no debería afectarle al comprador, por lo que no se lo muestran bajo ninguna circunstancia. Se limitan a sumar la comisión al importe que pide el vendedor y ofertar el piso a un precio determinado, sin desglosar qué parte va para el vendedor y qué parte va para la inmobiliaria.
Podría alguno preguntar, ¿y eso qué le importa al comprador? Él ve un piso a un precio, y si le gusta, nada más importa.
Pues bien, sí que importa. Pues él es el que finalmente paga la fiesta. Tiene derecho a saber por qué tipo de servicios se paga en la transacción tal cantidad de dinero. Al camuflar la comisión en el precio total se incurre en competencia desleal, pues no se está dando al consumidor toda la información que pueda influir en su decisión económica.
Obviamente, los honorarios, gastos, impuestos y demás importes añadidos deben desglosarse aparte y ofrecerse transparencia a todas las partes. Esa falta de transparencia que existe en el sector posibilita la especulación y el aumento de los precios, pues el comprador, si no sabe lo que le están “colando”, no se va a escandalizar. Sin embargo, si le dicen que por un piso de 75.000€ la inmo le está incrementando el precio en 5000 € + IVA, seguramente no compraría con tanta alegría.
Las inmobiliarias no tienen derecho a meter su comisión en el precio de venta, por la sencilla razón de que si lo hacen estarían revendiendo un piso que ellos no han comprado previamente. Y eso es ilegal.
Gracias por leerme, y un saludo a todos.
Ángeles,
En primer lugar, debemos dejar muy claro que los agentes inmobiliarios responden del ejercicio de su actividad, como todos los profesionales, y por lo tanto están sujetos a responsabilidad civil y penal. Es más, en Cataluña concretamente la Ley del Derecho a la Vivienda, aprobada en 2007, obliga en su artículo 55 a los agentes inmobiliarios en el ejercicio de su actividad a suscribir una póliza de responsabilidad civil y otra de caución (para garantizar el dinero que perciben de terceros en relación a una operación cuya gestión tienen encomendada). Sin estos dos seguros, no se puede ejercer la profesión en Cataluña.
Desde luego, no podemos responder por todos los agentes inmobiliarios de Cataluña, pero te podemos asegurar que los API tienen concertados ambos seguros a través de nuestra organización.
En muchas ocasiones, nos parece que las afirmaciones de los usuarios surgen probablemente de experiencias personales desafortunadas. En el caso de los servicios inmobiliarios, como pasa con casi todo, el mercado es libre y el particular puede decidir o no acudir en busca del auxilio de un profesional para vender sus propiedades. El profesional presta un servicio por el cual percibe una retribución, como cualquier profesional. El montante no depende (no debiera depender) de las visitas realizadas, como sugieres en tu ejemplo, y la retribución debiera ser a cargo de quien hace el encargo y desde luego no debe formar parte del precio de venta del inmueble. Si es así, es una mala praxis y significa que no hemos contratado al profesional adecuado.
Y en este punto es donde más discrepamos, Ángeles. Creemos que esa competencia entre agentes inmobiliarios que produce el hecho de no trabajar en exclusividad los inmuebles es la que provoca en gran parte esa perversión del mercado. El cliente prefiere no trabajar en exclusiva y comercializar su inmueble a través de tantas agencias inmobiliarias como sea posible. Probablemente, porque piensa que así aumentan sus opciones de venta y, en gran parte, no nos engañemos, porque sabe que no va a pagar nada si la agencia no vende el inmueble. A su vez, esto provoca una competencia feroz entre agentes, que lógicamente tenderán a promocionar más aquellos inmuebles de los que tienen la exclusiva, porque el resto, si no lo venden, será coste neto. Y por eso siempre recomendamos al usuario que trabaje con un agente en exclusiva. Si así fuera, seguramente cambiaría la percepción del servicio que ofrece el agente inmobiliario.
Hola Rebeca:
La inmobiliaria vendedora de mi piso, sobre su comisión me cobra un 21% de IVA. ¿Es correcto?
Gracias.
Mery,
Efectivamente. Los honorarios de servicios inmobiliarios deben llevar aplicado un 21% de IVA.
Mi consejo a todos los compradores y vendedores es que dejen de usar la intermediación mientras estos señores no se bajen de la parra y empiecen a cobrar honorarios razonables. Si un notario cobra 350€, un tasador otro tanto, ¿cómo tienen la cara de justificar con servicios de tal o cual naturaleza el llevarse 5000€ o más, sólo por poner en contacto a las dos partes? De los tres profesionales mencionados son los que menos valor añadido aportan, lo justifiquen como lo justifiquen. Y yo les haría un llamamiento para que se reconviertan y monten empresas para algo que la sociedad realmente necesite, no para ponerse en medio de dos personas con el único fin de pegar un pelotazo inmobiliario. Esos señores no asesoran imparcialmente. Uno no puede fiarse de sus consejos porque tienen un claro interés en venderte un inmueble. Sé que mi comentario no aparecerá publicado porque no interesa al sector, y aquí hay censura. Buenos días.
Pedro,
Tu discurso, lo sabemos, es el discurso de la mayoría de ciudadanos. Los agentes inmobiliarios están demonizados y el estigma social sólo se romperá cuando, como comentas, se ofrezcan servicios de valor añadido que (y aquí está la clave) sean perceptibles por los usuarios de servicios inmobiliarios. Eso significa transparencia, especialmente en relación a los honorarios.
Nos comentas que los honorarios de los agentes inmobiliarios te parecen injustificables. Bien, como se ha comentado anteriormente, se debe tener en cuenta que tales honorarios son a éxito y que, por lo tanto, a mayor riesgo (sólo cobraré si vendo), mayor beneficio. Este principio, del que podríamos discutir su lógica, claro está, funciona de la misma manera para muchas otras actividades. Aún siendo así, pensamos que en aras de normalizar el mercado, sería preferible que los agentes inmobiliarios cobraran tarifas por servicios prestados en lugar de honorarios calculados como porcentaje sobre el precio de venta. Ahora, dinos tú, ¿estarías dispuesto a contratar los servicios del agente inmobiliario, aunque no venda tu piso, de la misma manera que pagas al tasador, aunque no estés de acuerdo con su dictamen?
En definitiva, se necesita un cambio de cultura inmobiliaria, sobre todo por parte de los agentes inmobiliarios, que se deben preocupar por ofrecer servicios de valor añadido, y también por parte de los consumidores, que se deben preocupar por contratar agentes inmobiliarios que les ofrezcan garantías y no cualquier agente.
Por último, nos gustaría dejar claro que aquí no existe censura alguna. Mientras nos expresemos con respeto, todas las opiniones tienen cabida en el debate. De lo contrario, no abriríamos espacios que permitan la participación del usuario. Así que, bienvenido.
Pedro, antes de juzgar al sector deberías informarte bien de lo que se hace en una agencia inmobiliaria, cuántas personas trabajan, todos los gastos y los riesgos que corre la empresa y los profesionales…y luego podemos discutir y aclarar puntos. Pero siempre con fundamentos y no con la fama.
Alberto,
Estamos de acuerdo en que existe una desinformación absoluta al respecto de las funciones que realiza el agente inmobiliario. No obstante, creemos que es obligación del agente, y del consumidor, trasladar esta información a la sociedad, con la máxima transparencia. Si la montaña no va a Mahoma, Mahoma va a la montaña, ¿no crees?
Buenas tardes;
Los honorarios que se lleva la inmobiliaria por el alquiler de una vivienda…..¿Son deducibles en la declaración de la renta? Si es así, ¿en que casilla se incluye, se suma a las cantidades de las mensualidades del arrendamiento o van en otra casilla??
Gracias.
Gaizka,
En la declaración de la renta tan sólo se pueden deducir los gastos derivados del arrendamiento que se pagan directamente al propietario, pero no a terceros.
Gracias, Rebeca, por tu respuesta. Sobre si contrataría los servicios de un agente inmobiliario aunque no vendiera mi piso, con honorarios calculados como tarifas fijas, te diría que sí. Pero no los contrataría para vender pisos (para eso puedo pagar anuncios en webs especializadas o contratar a publicistas para que me ayuden a promocionarlo, y lo enseño yo mismo a los clientes). Yo iría a un api experto para buscar asesoramiento sobre el mercado, las zonas óptimas para invertir, dónde encontrar la mejor financiación, riesgos potenciales… Eso significaría acudir a una consultora inmobiliaria del mismo modo que buscas asesoramiento en un despacho de abogados, y pagas por servicio realizado. El profesional te asesoraría imparcialmente y se esforzaría en dar alto valor añadido.
Si la gente no acude a buscar este asesoramiento independiente es porque no percibe profesionalidad en el sector y no cree que valga la pena gastarse en eso el dinero. Parte de la culpa la tiene la desregulación y libertad de empresa, que permite que cualquiera sin formación ni experiencia pueda abrir una inmobiliaria y autoproclamarse asesor.
Por otro lado, si un agente orienta su negocio a la venta de inmuebles, pasa a ser un simple comercial. Su cualificación profesional queda en un segundo plano. Cualquier persona sin estudios puede dedicarse a ello. Sólo se necesita labia y don de gentes.
Pedro,
Desde luego, has dado en el clavo. La de agente inmobiliario es una profesión con muy poco reconocimiento social. En gran parte, por el motivo que comentas: la nula barrera de entrada a la profesión (recordemos que en el año 2.000 se liberalizó, entre otro motivos, para aumentar la competencia y que los inmuebles bajaran de precio…).
No obstante, la venta de un inmueble, si se realiza con profesionalidad, requiere de algo más que publicar el inmueble en una web y atender las visitas, y más en el momento actual. A menos que un inmueble se comercialice a un precio que sea tan atractivo para el comprador que lo haga notorio por sí solo, publicar una vivienda en una web no es garantía de nada, pues los portales inmobiliarios publican miles de inmuebles. Se necesitan muchos otros elementos para vender un piso en un tiempo razonable (precio acorde al mercado, plan de marketing específico, etc.). En todo caso, de poco sirve todo esto si el consumidor no percibe el trabajo, evidentemente. Y aquí sí que es el agente el que debe ser capaz, no sólo de ofrecer un servicio de alto valor añadido sino de saber explicárselo a su cliente para que entienda los beneficios de contratar un agente.
Mi experiencia es que el tener una oficina y dar muy buenas explicaciones, cada vez funciona menos, la tendencia es otra, es mas de Bróker, el mercado ha cambiado, desde luego estar sentado esperando a que entren los clientes es del pasado.
Gracias por tu comentario, Moncho. Desde luego, el mercado ha evolucionado mucho en los últimos años y de buen seguro lo continuará haciendo.
Buenas tardes, escribo de Colombia con una inquietud:
Quiero alquilar un apartamento (piso) con unas compañeras en Pamplona. Buscamos por internet y contactamos a quien lo estaba vendiendo, ahora nos dice que tenemos plazo de unos días, para pagar un monto del seguro que se devuelve al final de la estancia según el estado del apartamento, más una comisión de 400 euros. Sin conocer el apartamento, nos da mucho susto girar plata para asegurarlo. Aparte de esto, en Colombia quien paga la comisión es el propietario, si el vendedor le está ayudando a él únicamente a conseguir el cliente. Es diferente cuando el cliente llega a la inmobiliaria requiriendo ayuda de los vendedores. Por lo tanto, no me queda claro, por qué nosotros debemos ser quienes paguen esa cantidad. Desconozco las políticas de los arriendos en España.
Muchas gracias , espero que me puedas ayudar !
María,
Efectivamente (y dejando al margen otras consideraciones de las que hemos hablado en anteriores comentarios), en España es práctica habitual que el arrendatario abone los gastos de intervención de la agencia.
Por otra parte, cuando hablas del “seguro que se devuelve al final de la estancia según el estado del apartamento” entendemos que te refieres a la fianza. Por lo que respecta a la fianza, para vivienda esta es el equivalente a una mensualidad de alquiler. Además, el propietario puede también, si lo desea, ya que la ley le autoriza, pedir una fianza adicional para garantizar el cumplimiento del contrato.
Buenas,
Me he quedado en el comentario de José Luis Echeverría… Es surrealista, por no decir fuera de lugar, que compare los servicios de un vendedor (API), podríamos añadir los de un administrador de fincas, en la misma línea,
con los de de un médico o un abogado “que cobran aunque diagnostiquen mal o pierdan el caso”, obviando muchísimos matices, que veo desconoce, cabe destacar que estos profesionales que compara con un vendedor de pisos o API han estudiado unas durísimas carreras universitarias y soportado a posteriori una larga preparación antes de poder ejercer como médico o abogado, están en constante estudio de la profesión, tienen una enorme responsabilidad y una buena cobertura de la misma, etc,
NO SE PUEDEN COMPARAR… Yo no no soy ni uno ni otro, pero conozco su realidad.
Hola María,
gracias por tu opinión y por alimentar el debate, aunque no entiendo muy bien en qué contribuyes a él, ya que el comentario sobre el que opinas no es central en esta discusión.
En cualquier caso, creo que son necesarias algunas aclaraciones:
1.- En ningún caso pretendía comparar perfiles profesionales, sino servicios profesionales. Y la realidad es que con mucho estudio o sin él, hay profesionales que cobran sus servicios aún errando, y otros que no. En mi opinión, no porque tenga una licenciatura superior merece un profesional cobrar un servicio mal ejecutado debido a su incompetencia. Esto debería ser así para abogados, médicos, arquitectos (es lo que soy)… o Agentes inmobiliarios (es lo que también soy). Para mí, el problema radica en que todo el mundo asume como natural el cobro “a éxito” de un API, pero no así lo mismo de un consultor estratégico de empresa, por ejemplo.
Tan solo apuntaba que esto no es tan obvio como pueda parecer.
2.- Nada de lo que he dicho es “surrealista”; de hecho es todo muy sensato y perfectamente razonado. Otra cosa distinta es que no coincidas conmigo.
3.- Y Por último: Decir que “desconozco los matices” relativos a las profesiones de abogado, médico o cualquiera de los que “han estudiado unas durísimas carreras universitarias y soportado a posteriori una larga preparación antes de poder ejercer como…” sin saber nada de mí es, como mínimo, falta de cautela. Pásate por aquí (https://www.linkedin.com/pub/jose-luis-echeverria/3/a3a/777), échale un ojo a mi perfil, y de paso visita la web de nuestra empresa de servicios inmobiliarios, donde todos y cada uno de nuestros trabajadores es licenciado superior (sé que esto es algo que tú valoras) y dedicamos nuestro tiempo y formación a mejorar el sector inmobiliario.
Un abrazo.
Cuando un inquilino deja un piso, si este está en perfecto estado, se le tiene que devolver el mes de fianza. ¿También se devuelven las garantías adicionales?
Cuando la agencia nos mostró el piso de alquiler nos dieron un documento con las condiciones del alquiler. Cuando nos pusimos de acuerdo para empezar los trámites me mandaron un email recordándonos cuales eran las condiciones, y cual fue nuestra sorpresa cuando vimos que los honorarios de la agencia habían aumentado 400€.
¿Esta diferencia tan grande es legal? ¿Cuál es la correcta? ¿Podemos reclamar a la agencia?
Gracias.
María,
La fianza tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. El importe de una mensualidad es obligatorio y se deposita en el INCASOL en Cataluña o en el organismo equivalente en la comunidad autónoma de que se trate. La propiedad puede pedir además fianzas adicionales para complementar la anterior y estas se devuelven al final del arrendamiento siempre que no proceda su aplicación por algún incumplimiento.
En cuanto a los honorarios de la agencia, sin tener la oportunidad de poder ver los documentos a los que haces referencia, es difícil darte una respuesta concreta. A modo general, te podemos decir que los honorarios son libres. Hasta el año 2009, lo habitual era, en el supuesto del arrendamiento, el importe de una mensualidad o bien el 10% de una anualidad. Sin embargo, desde esa fecha no existe ningún referente al que te puedas acoger ni al que nosotros te podamos dirigir. Los colegios profesionales no pueden ni tan siquiera orientar a sus colegiados ni a los consumidores. De lo contrario, pueden verse sancionados por la Autoridad de la Competencia. Los servicios profesionales deben regirse por la vía de los pactos convencionales y por la libre competencia.
hola, queria hacerte una consulta cuando alquile mi casa pague, el contrato, el mes de alquiler mas iva, y esas cosas.. mi alquiler es de $1.800, pague $3.400. poque pague el alquiler por dos y como dije anteriormente el contrato y el iva, al pagar el mes por dos la mitad de ello seria los honorarios, porque ahora al cunplir un año, encontre un alquiler mas barato y quiero irme, yo simpre pense que era que pagaba dos meses de alquiler y que uno tenia que debolvermelo, pero me dijo que no era asi, que eso eran sus honorarios.. es asi? desde ya muchas gracias
Analía,
¿Se trata de un inmueble alquilado en España?
nono.. en argentina bs.as
Analía,
Lamentamos no poder ayudarte. Desconocemos cual es la normativa aplicable en Argentina. Seguramente exista allí una institución similar a la nuestra a la que puedas acudir.
Mi duda es que si la agencia immobiliaria sólo está presente para la firma del contrato. Se le tienen que pagar unos honorarios tan elevados? O pagarles directamente. Normalemente a mi en Barcelona me han cobrado siemper el 10% y supone más de 1 mes de alquiler, más las fianzas y te quedas a dos velas.
Hola Marga, gracias por tu aportación. Tal cómo se comenta en el artículo, no existe una normativa que regule el porcentaje que se debe cobrar en concepto de honorarios. De todas formas, generalmente se suele cobrar de media un 3% del precio final en las viviendas de obra nueva y un 5% en la usada. Aún así, al no existir una ley al respecto, siempre prima el pacto que hayas podido tener con tu agente inmobiliario.
Fuimos a ver un piso que nos enseño una inmobiliaria. Nos pedían 300.000 euros. Hablamos directamente con el propietario en un momento que el de la agencia estaba hablando por teléfono y nos indico que el lo vendia por 260.000. 40.000 euros de diferencia?…El propietario se quedo blanco. Y nosotros, mas. Una cosa es un 10%, pero esto pasa ya incluso de ese porcentaje. Alguien me puede indicar si esta practica es algo normal y legal?
Martín,
Lamentablemente, esta es una práctica no deseable, que daña la imagen del sector. Si tienes oportunidad de leer los comentarios que anteceden al tuyo, podrás comprobar que se ha hablado de este y otros temas relacionados.
La situación que describes obedece, probablemente, a un acuerdo en virtud del cual el propietario quiere garantizarse un importe y autoriza a la agencia a cargar sobre el precio el importe de los honorarios, de manera que con ese acuerdo trasladan la obligación de pago que le correspondería al vendedor (que es en definitiva quien contrata los servicios), al comprador.
Esta situación, aunque no es deseable, tampoco es ilegal, puesto que como comentábamos anteriormente, responde generalmente a acuerdos privados entre un agente y un propietario. Tan sólo los tribunales podrían determinar como abusiva una situación de estas características.
Por este motivo, en Catalunya, la ley del derecho a la vivienda, en su artículo 55, sobre la retribución del agente y la forma de pago, establece que “la retribución del agente debe consistir en un porcentaje del precio o en un importe fijo y en ningún caso se puede percibir retribución de las dos partes que intervienen en la transacción por la misma operación, a menos que haya un acuerdo expreso en este sentido”.
Soy de Lerida, y en el transcurso de estos días, la vivienda a sufrido un incremento de 10.000 euros mas, total, 310.000 El propietario, no entiende ni comprende nada, y realmente, me preocupa a la hora de escriturar. Agradezco enormemente su respuesta, asi como la rapidez y la claridad con la que me lo ha indicado.
Martín,
Ante la situación que describes, se nos plantean mil dudas cuya respuesta sería necesaria para poder orientarte mejor. ¿Desconoce el propietario estos cambios súbitos de precio? ¿El propietario ha firmado una nota de encargo en exclusiva con esa inmobiliaria? ¿Has realizado tú una oferta de compra formal y el piso ha sufrido posteriormente una subida de precio de 10.000 euros? (porque ya nos estás hablando de la escritura)
Lamentamos no poder concretar más, pero es muy difícil ofrecer una respuesta sin poder revisar documentación.
Mi pregunta es , cuando un agente inmobiliario interviene en una compraventa de un inmueble y por tanto tiene derecho a sus honorario, digamos que del 3%, ¿sobre que cantidad se proyecta? ¿Sobre la Oferta final del inmueble o sobre el valor catastral?
Pedro,
La comisión debe hacerse efectiva sobre el precio real de venta, es decir, lo que percibe el vendedor y paga el comprador.
hola tengo unas preguntas/dudas sobre mi vivienda (piso de VPO ) puedes ayudarme en este foro o debe ser en otro … no es por el tema de las comisiones…
gracias…
Hola Richard, puedes hacernos las preguntas que quieras. De momento, te dejamos este enlace donde se habla de los pisos de protección oficial por si te sirve de aclaración. Muchas gracias por seguir nuestro blog. https://www.api.cat/noticias/es-posible-vender-un-piso-de-proteccion-oficial/
Hola, en la firma de un contrato de alquiler he pagado los honorarios más iva al agente de la inmobiliaria pero no me ha entregado factura.
Mi preguna es si debería haberme entregado la factura en ese momento, gracias.
Álvaro,
El profesional siempre está obligado a facilitar la factura y el recibo correspondiente si se han hecho efectivos los honorarios.
Hola Rebeca,
Interesante artículo. Según lo que dices y citas en tu artículo, si la agencia que me ha enseñado el piso y ha redactado MI contrato de alquiler, donde pone exactamente ” dicha vivienda dispone de cédula de habitabilidad, etc etc”, y después de un mes encontrando miles de defectos (humedades), falta de ventilación, las puertas no se cierran porque están deformadas por la humedad, etc etc…
Y tras hablar con el dueño y decirme éste que él no va a arreglar nada, ¿tengo derecho a reclamar la cantidad que pagué a la agencia, puesto que el contrato es engañoso? ¿tengo derecho a rescindir el contrato recuperando también mi fianza?
He leído tu artículo sobre “Queja, Denuncia y Reclamación”, y yo sólo quiero recuperar lo que dí para poder cambiarme a un piso decente… sin tener que quedarme aquí meses, esperando una respuesta de la agencia + propietario. Se me olvidaba…. he llamado a la Generalitat y esta vivienda ni tiene, ni ha tenido nunca la cédula de habitabilidad. Gracias.
Laila,
Lo primero que tienes que exigir es la cédula de habitabilidad, para ver si está vigente o no. En caso de que lo esté, se puede resolver el contrato por el incumplimiento de las condiciones de habitabilidad. En el caso de que para obtener la cédula resulte necesario subsanar las deficiencias que apuntas, podrás exigir la reparación de estas deficiencias, ya que el propietario debe entregar la vivienda en las debidas condiciones de uso.
Hola Rebeca,
he leído atentamente el artículo, ya que estoy intentando saber algo mas sobre las comisiones de las agencias, debido a que estoy a punto de firmar un contrato de arras para reservar una vivienda, el caso es que nada mas ver la vivienda en cuestión el agente inmobiliario que me la enseñó empezó a meterme prisa para que diera una señal de 3.000 euros, ya que me dijo que había mucha gente que quería comprar la vivienda, yo me lo creí y decidí dar una señal, pero no tan cuantiosa, le dije que le daría 500 euros, pero firmando un documento en el que especificara que dicha señal sería para señalar la vivienda y como parte del pago de la misma, el caso es que me dijeron que sí y en un par de días quedé para darles dicha cantidad. En la inmobiliaria elaboraron un documento que a priori me pareció correcto, pero que una vez mas tranquila en casa me he dado cuenta que en dicho documento no especifica que los 500 euros sean en concepto de señal, sino como provisión de fondos. Otra cosa que me preocupa es que como el piso es de embargo y el vendedor es un banco en la inmobiliaria me dijeron que el banco a la firma del contrato de arras me pediría 6000 euros de señal a los que se le restarían los 500 ya entregados, pero cuando me reuní en el banco para acordar fecha de entrega de la señal y firma de dicho contrato en el banco me dijeron que la señal eran 3000 euros. En el documento que firmé en la inmobiliaria me pusieron que debía entregar 6000 euros a la entidad y es lo que firmé en dicha inmobiliaria, pero el banco me ha dicho que la señal es de 3000, mi pregunta es, ¿porque la inmobiliaria me ha hecho firmar algo que ahora el banco no me reclama? Esto me hace pensar mal, ya que me da la sensación de que la agencia inmobiliaria me ha engañado, ademas parece ser que el banco que vende la vivienda tampoco sabe nada de la señal de 500 euros que le entregué a la inmobiliaria. Te agradecería que me dieras tu sincera opinión sobre la manera de actuar de la agencia inmobiliaria, y si puedo fiarme de ellos.
Gracias. Un saludo
María,
Ciertamente, lo que explicas es un poco confuso, ya que lo habitual es que la agencia y el banco establezcan el mecanismo de entrega de las cantidades, así como la retribución del agente. Creemos que deberías enseñar toda la documentación que has firmado al banco y aclararlo.
Hola.
Tengo un piso en venta con un agente inmobiliario. Encontraron un comprador que firmó un contrato de arras y entrego una importante cantidad de dinero. Ahora el comprador renuncia a la compra ¿hay que pagar una comisión al agente aunque la venta no se llegara a realizar? ¿como hay una cantidad en concepto de arras ¿han de repartirse entre vendedor y agente? ¿de qué manera?
Muchas gracias.
Eugenio,
Para poder dar respuesta hay que acudir al documento de encargo, que debiera contener los pactos relativos a la cuestión planteada.
Gracias Rebeca.
El contrato dice textualmente:
“La propiedad autoriza a XXXX a recibir arras o señal de un posible comprador con la entrega de un 10% del PVP”
“Se autoriza a XXXX a devengar sus honorarios una vez recibida las arras o señal pactadas en la estipulación anterior. En contratos cuyas arras no alcancen el 10% XXXX percibirá únicamente la parte de sus honorarios que puedan devengarse del 50% de la señal entregada, quedando el resto de los honorarios pendientes de percibir a la firma de la escritura pública de compraventa”
Las arras entregadas son mayores del 10% del valor del piso (es un piso modesto de valor bajo) y la venta no se ha consumado.
Gracias de nuevo.
Eugenio,
La actividad de mediación no está sujeta a una norma de la que deriven derechos y obligaciones específicas, sino que se trata de una actividad profesional cuyo contenido se enmarca dentro del principio de la autonomía de la voluntad, de manera que los derechos y obligaciones de las partes se regulan en el documento de encargo suscrito y siempre sujeto a los criterios básicos de la contratación, como cláusulas claras, transparentes, equilibradas, etc. Es decir, la respuesta debes buscarla en lo que el encargo haya recogido respecto de la situación descrita. Si no está prevista, habría que analizar el documento suscrito con el comprador para determinar si el agente ha realizado eficazmente el encargo. Es posible que sí y que por ello tenga derecho a cobrar una retribución, pero para poder dar la respuesta ajustada es preciso ver todos los documentos derivados de la operación.
Muchas gracias de nuevo Rebeca.
Hola!
Voy a vender mi piso con una inmobiliaria, ya esta cerrada la venta, mi pregunta es a partir de aquí, que gastos me supone a mi como vendedor esta transacción??, Debería hacerse cargo la agencia de los gastos de notario puesto que por la venta ellos se llevan unos honorarios?, puede que este equivocada, pero ya que sus honorarios son altos, no deberían hacerse cargo ellos desde el principio hasta el final de la venta de todos los gastos??
Muchas gracias
Roser,
Sabemos que existe mucha confusión entre los usuarios sobre este tema. Pero resumiendo: los honorarios vienen referidos a la gestión de la venta, es decir, la búsqueda y localización de un interesado y el seguimiento hasta que la venta se realiza. Las obligaciones derivadas de la misma, como es el caso de la parte impositiva, le corresponden a la propiedad, en este caso tú, y en modo alguno al agente.
Pienso que los honorarios que cobran las agencias por los alquileres son UN ROBO. 1. eso lo debería pagar el propietario. 2. el año pasado he visitado muchos pisos con agentes inmobiliarios… no conocen los pisos, no tienen ni idea sobre las construcciones, la mayoría son mentirosos, no saben trabajar, eso de poner un anuncio puede poner cualquier… cual es el servicio que están haciendo? yo no vi ninguno. rápidamente te cobran el honorario. luego no hay ni certificado habitabilidad, ni hay certificado energético ni nada que toca por ley… cuando el inquilino tiene un problema ya no te contestan.. el inquilino después de pagar los honorarios y el alquiler derecho ya no tiene… a veces suerte… a veces no.. porque hoy yo tengo problemas con un agente y propietario listo.. pero yo soy mas lista… espero que ese mundo de robar, mentir, engañar por los agentes inmobiliarios termina pronto.. es una vergüenza como y lo que hacen en Barcelona. espero que pronto habra algunos cambios.. nadie los controla… es una vergüenza lo que hacen!! cualquier tonto puede hacer eso! por favor!
Rosy,
En relación al cobro de honorarios en la gestión de alquileres se ha comentado mucho en este mismo hilo. Es cierto que el hecho de que los honorarios los asuma el inquilino y no el propietario, que es habitualmente el que hace el encargo, es objeto de muchas críticas y ya hemos explicado anteriormente que en otros países las costumbres son otras. La cuestión es que no hay una normativa al respecto y, por lo tanto, es difícil actuar.
Por otra parte, es muy importante ser muy exigente y escoger un profesional de contrastada solvencia. Uno que, efectivamente, no se debe corresponder para nada con la descripción que tú facilitas, aunque entendemos tu frustración si tus experiencias inmobiliarias han sido siempre con este tipo de operadores. Pero agentes inmobiliarios honestes y diligentes, haberlos, haylos. De lo contrario, poco sentido tendría nuestro trabajo.
Por último, queríamos explicarte que en Catalunya los agentes inmobiliarios deben estar inscritos en el Registro de Agentes Inmobiliarios de Catalunya para poder ejercer la profesión y que, para ello, deben cumplir una serie de requisitos (seguros obligatorios, etc.). Asegúrate siempre que cualquier agente inmobiliario con el que trates disponga de la placa identificativa pertinente y, en el caso de detectar malas prácticas, denúncialas ante la Agencia Catalana de Consumo, para que no queden impunes.
Cada día tengo la suerte de encontrar esos agentes no preparados, mentirosos…
Según la agente el piso tiene calefacción… Voy a ver el piso, y calefacción NO HAY… porque mentir??? El piso no tiene certificado de energía que es obligatorio…. pero tiene la cara de pedir 10 % de anualidad mas IVA… eso es una vergüenza!! eso pasa cada día! te llegan en retraso, no saben decirte del piso… etc… para que pagar tanto…
Admito si te da un servicio ok! Pero estos son mentirosos, que simplemente quieren los honorarios, sin ningún servicio!!!
Rosy,
Si es cierto lo que dices, y no lo dudamos, deberías actuar al respecto y denunciarlo ante las autoridades pertinentes (Agencia Catalana de Consumo, si estás en Catalunya). La publicidad, por ejemplo, es vinculante, así que si un piso se anuncia con calefacción, debe tenerla, y si no la tiene, el agente está cometiendo una infracción sancionable según la normativa vigente.
Lamentablemente, existen operadores de dudosa profesionalidad en el sector inmobiliario, como en tantos otros sectores. Por este motivo, es muy importante que los consumidores exijan sus derechos y denuncien las malas prácticas.
Rebeca,
agradezco que publique mis comentarios. Yo no he juzgado a nadie, y todo lo que había escrito esta basado en mis experiencias personales (muy malos en Cataluña, personalmente pienso es una gran vergüenza lo que esta pasando en Barcelona ciudad)
Personalmente puedo confirmar que la mayoría de los agentes NO saben hacer sus trabajos, no son profesionales (como ni estan registrado como agentes, y si es obligatorio estar registrado según como me informan hoy de la Oficina de Vivienda).
A los agentes solo le interesa el intercambio, hacen un mal contrato, faltan los certificados, faltan los derechos del inquilino… Parece que el inquilino tenga solo la obligación de pagar.
Los anuncios están mal escritos, las fotos colgadas no son profesionales (solo en muy pocos casos) llegan con retraso a las citas, no tienen conocimientos técnicos que un agente professional tendría que tener etc. Me han dicho miles de mentiras…
A ver, escribir un mal anuncio, y publicar 4 fotos.. ESO hoy lo pueden hacer los niños hoy en día…
Entonces donde esta la profesionalidad???
Yo no he ofendido a nadie, escribo todo lo que me paso por experiencia. Si encontré agentes profesionales de 100 tal vez 2 o máximo 3… Es muy triste, pero eso es la realidad.
Cual es entonces el trabajo de un profesional? Lo que puede hacer cualquier niño o tendrá algún conocimiento profesional y técnico???
Yo tengo experiencia de trabajar como agente inmobiliaria en una agencia internacional en el extranjero, donde estaban encantados con mi trabajo, porque yo enseñe, sin ser profesional, como es una agente de sueños… y he tenido resultados increíbles… Lo deje porque no es lo mío y estaba a disgusto con los compañeros y ‘agentes inmobiliarios’
Ahora estoy viviendo una experiencia muy desagradable, por un administrador que actuó como agente. Había ocultado la humedad y otras cosas. Se ‘olvido’ a depositar la fianza en Incasol… Se ‘olvida’ a dar recibos… No contesta a las llamadas o correos…
En pocos meses todas las paredes del piso están llenas de hongo/moho. Casi toda mi ropa esta llena de hongo/moho (puedo tirar casi todo el armario). Mi salud esta en peligro por la humedad… Ahora tengo que ir al juicio por eso… Tengo que ver medicos para curarme… Es eso la profesionalidad?
Soy consumidora y he probado lo del agente… Por ese motivo me permito a decir las cositas de arriba… (la oficina de consumo… bueno… no es muy eficaz)
Rosy,
Lamentamos que hayas tenido tan malas experiencias. En todo caso, te remitimos nuevamente a formular tus quejas y denuncias a la Agència Catalana de Consum para que este tipo de prácticas se sancionen. Gracias por compartir tu opinión.
Mi contrato de arrendamiento , finalizó en 2008 y fue por 10 años, desde entonces me han estado haciendo prorrogas (llevo 8) los últimos 3 años las prorrogas son por seis meses, cada prorroga (que es el mismo documento cambiando fechas me cargan 90€ por este tramite y no me dan recibo a pesar de solicitarlos. que debería hacer?
Ramón,
La situación que describes es un tanto anómala y obviamente tienes derecho a un recibo por cualquier cantidad que abones. Sin ver como se redactó el contrato, especialmente la cláusula del plazo de duración, no podemos decirte en qué forma debieron de operar las prórrogas. Ahora bien, prórrogas por 6 meses en un contrato de las características y circunstancias que comentas son un poco extraño. Probablemente, en el 2008 se prorroga por 3 años, porque la ley lo permitía, y después lo van prorrogando a su conveniencia. Te aconsejaría que plantearas un nuevo contrato y negociaras un nuevo término. Actualmente el mínimo ha pasado de 5 a 3 años.
Tengo una pregunta, espero que me la sepáis contestar de forma correcta y sin mal entendidos…
Actualmente, en España 2015 por la zona de Barcelona y alrededores, ¿Cuánto puede llegar a cobrar un agente inmobiliario mensualmente? Saludos y gracias por responder 🙂
Carlos,
Sentimos mucho no poderte ofrecer la respuesta que esperas pero, sinceramente, nosotros desconocemos las operaciones que puede realizar un agente inmobiliario de media mensual, ni si se trata de arrendamientos, de ventas, permutas, valoraciones, etc. ni tampoco de los gastos que tiene.
Sus ingresos brutos como agente dependerán de las operaciones que realice y los gastos de la infraestructura que precise. Por otro lado, por extraño que te pueda parecer, incluso los colegios profesionales tienen prohibido dictar normas respecto de los honorarios de sus miembros, ni tan siquiera de carácter orientativo para que estos puedan utilizarlas como referente. Así que, como institución, nosotros no podemos informar ni a nuestros colegiados ni a particulares sobre honorarios.
Hola Rebeca,solo quería saber si me podías ayudar con un tema de alquiler,te comento,es por el tema de los honorarios,pero no me andare con rodeos ya que,por lo menos hasta que no cambie la cosa vamos a tener que pagarlo si o si,mi comentario es,si encuentras un piso anunciado por 550€,te interesa y decides alquilarlo,el contrato aun no esta firmado y el dueño decide de golpe bajarlo a 450€,si la agencia se queda el 10% de la anualidad,por lógica y si no me equivoco ya que no soy ningún profesional en el tema¿deberían cobrar el 10% sobre el precio final del alquiler(450€) o es legal que te cobren ese 10% sobre el precio anterior del alquiler(550€)
Jordi,
Sin más información que la que tú nos das, y aunque parece extraño que teniendo un interesado en alquilar por 550 euros el propietario decida bajar el precio a 450 euros, lo correcto es que se cobre de conformidad con la renta finalmente acordada.
Hola Rebeca,bueno lo de la bajada de alquiler fue por acuerdo con el propietario,perdón por la equivocación al comentario anterior, pero es el agente inmobiliario el que tras saber la noticia de que lo iba a bajar decidió por su propia cuenta e interés decir que el iba a cobrar como el precio anterior porque de ahí salia su sueldo y como en la pagina ponía 550€ eso es lo que tenia que cobrar,pero lo mas increíble es que en el contrato pondrá el alquiler a 450€ y además dice que ha hablado con el propietario sobre el tema de cobrar los honorarios al precio antiguo y el propietario le ha dicho que si,todo lo que te comento es legal?se puede denunciar o no vale la pena
Jordi,
Hoy en día la retribución de los profesionales es libre y no existen baremos. Los colegios o asociaciones profesionales no pueden ni tan siquiera orientar al consumidor. Lo único que te podemos decir es que la retribución suele guardar relación con el importe real de la renta, salvo pacto expreso inter-partes, en cuyo caso será este el que prevalezca.
Bueno, bueno, bueno, despues de leer un rato sobre lo que piensan algunos sobre los honorarios inmobiliarios y de las explicaciones que se han dado, aunque sin recapacitacion alguna, tengo que decir que lo mejor es hacerlo gratis, por la face, para que algunos personajes puedan dormir sin que se le retuerzan las tripas por haber pagado un servicio inmobiliario, aunque deduzco que aunque fueran del dentista, oculista etc… se le retorcerian igualmente porque en el fondo no quieren aflojar la pasta a nadie, estamos a su servicio y capricho porque son seres superiores y no estan dispuestos a pagar por nada a un currante por su trabajo e inversion hecha para dar ese servicio determinado.
Dicho esto, hago un llamamiento al pais para que toda esta realeza viva sin pagar nada.
estamosapañaos.com
Gracias por tu comentario, Fenix35. Seguramente, gran parte de la culpa de esta sensación del consumidor de estar pagando por nada sea de la falta de transparencia del sector inmobiliario. Por eso creemos es importante no sólo ofrecer servicios de valor añadido sino hacerlos visibles y comunicarlos al cliente.
Hola buenas tardes…
Tengo una duda referente a los honorarios de un contrato de arras. Mi chico y yo queríamos comprar un piso e hicimos un contrato de arras en el que el mediador era un agente immobiliario, que es el que nos enseñó el piso. 2 semanas vista de la firma de la compraventa nos indicaron la tasación que había un vicio oculto, 35 metros cuadrados sin declarar, con lo que nos echamos atrás. El propietario nos dá el dinero, pero el agente immobiliario nos pide que le paguemos los honorarios, cuando nuestra defensa es que el contrato de arras no tiene sentido pues hay un vicio oculto del cual no se nos informó. En el contrato no hay nada referente a los honorarios, y en este caso no es el comprador quien debería de pagarlos cuando este contrato no está bien hecho? y si realmente hay que pagar honorarios, que cantidad puede pedir? nuestras arras solo fueron de 1000 euros
Gracias
Sandra,
Según lo que expones, la obligación de pago, en principio salvo pacto, le corresponde al propietario. Cosa distinta es si tenéis derecho o no a la devolución, puesto que sin ver el documento y conocer los detalles de la situación, es difícil daros una respuesta al respecto. Sin embargo, más allá de si tenéis derecho o no a la devolución, la relación del profesional, como decimos y salvo pacto en sentido contrario, es con quien le hace el encargo y si ambos pactan que la comisión viene repercutida en el precio, el comprador debió de ser advertido y prestar su consentimiento sobre la cuestión.
Tengo una casa en venta en una agencia sin exclusividad. Un interesado en la casa se puso en contacto con la agencia porque vio el anuncio por internet, La agencia le dio información de la casa y concertaron una visita. El día de la visita la agencia anulo la visita por que llovia y la pospusieron mas adelante cuando el tiempo se mejorase. Los interesados como que sabían por donde quedaba la finca, la estubiéron buscando hasta encontrarla, yo tengo un letrero de en venta con mi numero de telefono en la entrada. el interesado me llamo para concertar una visita directamente conmigo.
¿Puede la agencia reclamar su comisión?
Ellos tienen los datos del cliente pero no se conocen personalmente y no se ha firmado nada.
¿Tienen derecho a reclamar algo?
Gracias.
Silvia,
Lo que planteas es un problema de prueba, es decir, tendrías que poder demostrar que la agencia no ha tenido intervención ninguna, y en todo caso, debes revisar el documento de encargo y verificar si esta situación se encuentra prevista. Según lo que cuentas, pudiera ser que no, sin embargo, la tenencia de los datos de los compradores puede suponer un contratiempo para tu versión, puesto que podrían decir que sí se la enseñaron y que vosotros para no pagar la comisión les habéis dado “la vuelta” al acordar la venta por vuestra cuenta sin su intervención, privándoles de la posibilidad de seguir con el encargo. Son versiones contrapuestas que dependen del contenido del encargo y de la prueba de cómo se sucedieron los acontecimientos
Hola Rebeca. En primer lugar he de agradecer tu colaboración a través de este blog,pues me ha resuelto muchas dudas. Estoy a punto de firmar un contrato de alquiler de vivienda habitual a través de agente inmobiliario de un piso cuyo propietario reside en el extranjero y que por tanto no será firmado por el propietario sino por sus padres. En el modelo de contrato no se me ofrece ni referencia catastral ni hace mención a la inscripción registral de la finca, tampoco parece que vayan a aportar poder de representación. Por contra,me solicitan dos meses de fianza al tratarse de un piso reformado. ¿Está obligado el agente inmobiliario a aportarme poder de representación y nota simple registral?Muchas gracias.
Carolina,
La prudencia exige que verifiques varias cosas y la primera de ellas es que la propiedad autorice a quien subscriba el contrato su representación. No se trata de que sean sus padres, se trata de que el propietario debe autorizar a quien firme, sean o no familiares directos o lejanos, o terceros. Deben facilitarte los datos catastrales y también la cédula de habitabilidad y certificado de eficiencia energética. La fianza de dos meses por la circunstancia que indicas puede ser correcta, sin embargo debe constar separadamente en el contrato: un mes es la legal y obligatoria y el otro mes puede ser adicional y puede solicitarla el propietario si así lo quiere. No obstante, sólo está obligado a depositar uno de los dos meses, el otro lo puede retener en su poder hasta el final del contrato.
Y qué ocurre cuando la agencia no cumple con su trabajo? He firmado un contrato de alquiler pagando 900€ como honorarios a la agencia. Entre otros problemas, me dijeron que eelos se encargaban de hacer el cambio de los suministros. Lo único que han cambiado es la domiciliación bancaria por lo que ahora Endesa me está pasando las facturas pendientes de periodos de facturación anteriores a mi contrato de alquiler. Al no recibir respuesta de la agencia llamo a Endesa para dar de baja la domiciliación y dar de alta una nueva y así dar la lectura correspondiente. Sorpresa: el contador no funciona. Conclusión, he pagado unos honorarios por un trabajo que estoy realizando yo con además el cachondeíto de la agencia preguntándome qué cómo van las gestiones con Endesa… Mi pregunta es: puedo reclamar los honorarios ya que considero que la agencia no ha cumplido con su parte? Gracias
Esther,
Normalmente, los honorarios de la agencia suelen venir referidos a la gestión y preparación del contrato de arrendamiento. Si además, se comprometieron a hacer la gestión de los suministros, debieras reclamarles a ellos. Sin embargo, por lo que explicas, probablemente es un mal entendido. El cambio de nombre puede implicar la necesidad de adaptar contadores e instalaciones, por lo que habitualmente lo que se hace es un cambio de domiciliación bancaria. Si efectivamente te han cargado suministros correspondientes a un periodo previo a tu arrendamientos, debes reclamarle o bien a la agencia o bien a la propiedad, puesto que no te corresponde a ti hacerte cargo.
Observando los primeros comentarios de la gente, no debería haber inmobiliarias. Yo soy API y puedo asegurar que por la gente no deberíamos existir, nuestro trabajo está por mala suerte poco valorado, quizás por malas praxis de otros que han intentado usurpar una profesión que no era la de ellos. Aquí hablamos de APIS, profesionales, con estudios, preparados y experimentados. Todo el mundo que viene a poner una vivienda en venta nos pide asesoramiento, una peritación si puede ser con informe, quiere visitas y que vendamos. Da igual que confeccionemos un contrato de arras pentienciales o confirmatorias, un contrato de arrendamiento de acuerdo con Ley de arrendamientos urbanos, que venga un comprador o un posible inquilino y pida una vivienda con una serie de requisitos y les ofrezcamos una serie de viviendas a la carta, atendidos con aire acondicionado y que tengamos un seguro de caución. Sea lo que sea somos comisionistas y no añadimos ningún valor a la sociedad, que sepamos las normativas, que sepamos que pasa si no ejerce la opción de compra, si el inquilino a roto la taza del wc quien lo paga, es igual. Creo que para la los que opinan que somos comisionistas entiento que es mejor que los compradores miren los carteles de particulares y adivinen si la finca tiene ascensor, si hay derramas, si son 2 o 4 habitaciones, si tiene, censos, arrendatarios, ocupantes, letras, da igual. Si el particular que compra trabaja en una cadena de montaje o es directivo de una empresa de telecomunicaciones sabe todo esto, pues adelante. Además no solo esto, otra cosa no menos importante, llevamos gente a propiedades privadas previa entrevista, no sabes a quien metes en casa, nosotros sí. Cada día que salgo a trabajar no solo tengo la idea de ganarme buenamente la vida sino de limpiar nuestra profesión dando ejemplo. Por último agradecer a Rebeca Pérez el artículo y defender a los que creemos que nuestra profesión es digna, quizás no como la de los médicos pero bonita y honrada. Saludos a todos.
Heri,
Gracias por tu comentario. La profesión de agente inmobiliario está muy estigmatizada en gran medida por las malas praxis de algunos mal llamados “profesionales”. Una de nuestras labores como institución que representa al colectivo API en Cataluña es precisamente conseguir reconocimiento social para la profesión. Pero, no cabe duda, los API, con vuestro buen trabajo, sois la pieza más importante para dignificarla.
Buenos días,
No estoy sorprendido de que un API defienda todo lo que hace para justificar su comisión (sí, comisión, no honorario). No espero que ninguno diga me dedico a dar paseos de 15 min y cobro…
Pero es así. Varias cosas quería comentar:
1- Sería conveniente especificar qué es eso de que lo paga el vendedor o el comprador. Es indiferente. Simplemente dificulta la venta. Punto. Es una tontería lo de quén lo paga; lo están pagando ambos en realidad.
2- Para cobrar algo lo importante es añadir valor. Un portal inmobiliario que desarrolla una web para facilitar la búsqueda de un piso en una zona y evitarte que te tengas que pasear a ver carteles de “se vende” o “se alquila”, añade valor y es lógico que cobre (de hecho no una comisión sino un precio determinado). Un API no. Asi de sencillo. O al menos la inmensa mayoría. Desde su punto de vista se desplazará mucho y gastará mucho combustible y tiempo. Desde el mio, hace un desplazamiento, se limita a presentarte la casa (y muchas veces lo hace el propietario directamente) y ya. El único asesoramiento que recibes es la chachara de lo bien que te vendría esa casa por tal y cuál motivo: puro marketing con tal de vender la casa. Por detrás de esto, qué más veo yo? Que pone la casa en su vitrina (si es que tiene oficina) y que cuelga las fotos en los portales inmobiliarios. Todos los estudios que haga de mercado, situaciones… a mi no me valen de nada y creo que al vendedor tampoco. Por lo tanto, todo el valor añadido que percibe el vendedor es evitarse subir su casa en el portal inmobiliario de turno y/o tener la suerte de que algún ser visite el escaparate del API y entre a informarse.
3- Dicho lo cual, de todo esto no tiene la culpa el API, sino el vendedor. Este debería valorar si le compensa que su casa se vea un 3%+IVA dificultada a ser vendida por el servicio que ofrecen. Si ves que hay una serie de pardillos dispuestos a pagar por este servicio, por qué no hacerlo. Excluyo aquellos que estén lejos de su propiedad y no tengan más remedio que tragarse esta comisión o aquellos con un profundo desconocimiento de Internet, incapaces de subir unas fotos, un texto y un precio al Portal Inmobiliario.
4- Si que es cierto que anteriormente a la era Internet tenían un fuerte sentido de existir, los APIs. Mi abuelo tenía un oficio que se ha extinguido: “coger números”. Se paseaba por las calles de la ciudad (yo era pequeño e iba con él; finales de los 70) cogiendo dirección, número y piso cuando veía un cartel de se vende o se alquila. Le pagaban 5 ptas por número. La agencia que le pagaba era la antecesora de los Portales Inmobiliarios. Ahí si tenía sentido la comisión.
Yo sólo se que he tenido alguna casa que no he podido comprar simplemente por 15.000 € de comisión que quería a bien cobrar la agencia inmobiliaria (si, si 5% a vendedor y 3% a mi mas su IVA correspondiente), para una casa de 160.000€, que es el dinero que iba a recibir el vendedor. Su labor, al menos para mí: estar a mi espalda mientras el propietario me enseñaba la casa, sólo hablando para decir cosas “…el colegio que hay al lado es buenísimo…”, “…estos materiales son de primera calidad…”, “…piense que se puede hacer el despacho que usted quería en esta habitación…” y “…los vecinos encantadores…” etc. Por cierto, si le preguntas el nombre del colegio, ni lo sabe. Sabe que hay un colegio al lado y ya está. Después hubiera aparecido en la notaría para llevarse el cheque. Si le preguntas al vendedor cuántas visitas ha tenido a su casa, te dice que 6 en 4 meses. Y todos la encontraron en un portal inmobiliario, pero el teléfono era del API…
Miguel,
Estamos de acuerdo en que lo importante en esta, como en cualquier profesión, es ofrecer servicios de valor añadido. Sólo en ese caso los honorarios estarán justificados. Y el fruto de las malas praxis es la mala imagen generalizada del agente inmobiliario.
En todo caso, la labor de un agente inmobiliario nunca puede ser “estar tras la espalda del posible comprador mientras el propietario enseña la vivienda”. Por eso siempre recomendamos ser cuidadoso en la selección de los profesionales a los que se contrata.
Obviamente no he podido testear un número suficientemente grande de agencias inmobiliarias para poder hacer una estadística de aquellas con mala praxis. De las que he podido tratar, de momento, todas se rigen por el patrón de cobrar por una visita (con montantes que parten de 6000€ en adelante – motivado por el 3-5% del precio de la vivienda). Desgraciadamente a la hora de adquirir una vivienda no se puede elegir la inmobiliaria, pues esta viene impuesta por el vendedor (aquella/s que haya querido elegir). En todo caso (es una pregunta sin doble intención). ¿Podría indicarme cuáles son los servicios de valor añadido, de aquellas inmobiliarias sin mala praxis, que justifican los honorarios (llamemosles asi, en espera de la respuesta) y cuáles son aquellos de carácter variable que llevan a que su valor dependa del precio de venta de la casa? Me refiero a servisios al comprador, claro, que paga en muchas ocasiones dichos honorarios. En todo caso si me pudiera indicar los servicios al vendedor, le estaría muy agradecido.
Miguel,
Este es un debate de actualidad perenne y entendemos que así sea, porque el sector debe profesionalizarse más. Te recomendamos que eches un vistazo a este hilo de comentarios, no porque queramos evitar la respuesta, sino porque nos gustaría que tengas la oportunidad de leer las respuestas de agentes inmobiliarios que han participado en el debate (sin ir más lejos, te recomendamos que leas la intervención de José Luis Echevarría).
Saludos y muchas gracias por tu interés. Ojalá cada vez haya más consumidores exigentes como tú que ayuden a cambiar la cultura inmobiliaria.
Miguel, el valor añadido nos lo da la gente que entra solicitando información de las viviendas que tenemos en cartera y los propietarios que confían en poner a la venta la vivienda a un profesional del sector, si no entraran es porque no aportamos nada, pero entran… y muchos. Si no damos valor añadido porque viene la gente, entran porqué entorpecemos? Como estamos en un país libre tienes la suerte de escoger tu o cualquiera persona el entrar o no, de mientras nosotros con tu permiso atenderemos a los que nos solicitan ayuda con mucho gusto.
En los contratos de aceptación de venta normalmente el comprador da una seña la cual me han dicho que si él comprador después de firmar el precontrato se echa para atrás le tiene que dar al vendedor el doble pero si es al revés es el vendedor el que tiene que darle el doble de la seña ¿En que artículos de la Ley viene esto reflejado?
Yolanda,
El artículo que contempla este supuesto es el 1.454 del código civil, sin embargo siempre hay que verificar el redactado contractual para poder determinar si procede o no la aplicación del anterior precepto. Lo que describes es un precepto de carácter general que regula las arras penitenciales.
Henri, si necesitaras de mi permiso, te aseguro que para tenerlo lo primero que te exigiría es una serie de aptitudes y de servicios que vas a prestar, sino efectivamente no tendrías mi permiso. Ninguno de vosotros es capaz de detallar más allá de “estudios de mercado”, “asesoramiento en nosequé”… Desgraciadamente parece que no os hace falta ningún permiso para alquilar un local en cualquier sitio (o ni siquiera, con un piso a veces parece ser suficiente). Adicionalmente no estoy hablando de Henri sino del grueso de inmobiliarias (de mi zona. Igual en la tuya sois uns profesionales intachables, incluido tú, claro). Si personalizamos, te cuento. Yo JAMAS entro a una inmobiliaria, porque sé que me voy a encontrar como extracoste. Sin embargo si entro a páginas como Fotocasa o Idealista, donde tenéis absolutamente copado el mercado. Es más, si se lanza algún particular, no os demorías ni un segundo en reventarle a llamadas para ofrecerle vuestros “servicios”. Cuando se los explicáis, desde una asesoría económica de dudosa credibilidad al respecto de lo que puede valer su casa y de la situación del mercado más allá de lo que véis en Internet (que si ahora repunta el mercado, que si el mercado hipotecario tal o pascual…), el pobre cree que teneis una vasta cartera de clientes y que vais a colocar su piso en poco más de 10 minutos. Si el tiene un precio en mente, a vosotros os es indiferente, lo cogéis por si acaso suena la flauta. Y ahora viene la parte buena: los “honorarios”. Tu “cliente” se asusta, pero ya os encargáis de tranquilizarlo. Los incluimos en el precio de venta y usted se lleva lo suyo. Y luego los “honorarios” al que compra, que en el colmo de la desfachatez cobráis incluso sobre el propio incremento que habéis hecho al precio de venta. Total, por una casa cuyo propietario pide 190000 vosotros la incrementaís en 12000€. Y ahora, en vez de utilizar el sarcasmo, utiliza la imaginación para justificarme que servicios ofrecéis al comprador (sobre todo a este que es quien los entrega) y al vendedor para justificar semejante cantidad de dinero. Y por favor, valor añádido al que compra y al que vende, no agregado de todos aquellos que no podeís vender, que son muchos.
Y una última cosa, disculpa. A mi no me molesta que abráis 250000 inmobiliarias al año y os dediquéis a “revender” pisos o autobuses de segunda mano si os parece adecuado (creo que al final el tiempo sitúa a los oportunistas en su sitio. O no. Me es indiferente). Lo que me molesta es que tenga incapacidad de poder adquirir un piso sin que haya una inmobiliaria por medio. Ahí carezco de elección. Y se ha anulado dicha elección (a través principalmente de la claúsula de “exclusividad”) a través del engaño a la mayor parte de los vendedores. Aún, a Dios gracias, queda gente (poca, a Dios pena ) que vende indicando en sus anuncios “Abstenerse inmobiliarias”.
Por supuesto, mis total acuerdo con el señor Echeverría. Esa persona sí está comentando algo completamente sensato. Ofrezco unas fotos profesionales, videos, tasación profesional… y según lo que contrates, pagas más o menos, y aquel está interesado en vender. Con unos precios a los servicios, vendas o no vendas. Como casi todos los negocios. ¿El precio de venta? El que decida el vendedor (y ahí ya puede poner el que quiera, que como dice el señor Echeverría, ya se dará cuenta antes de lo que vale su casa)
Hola Rebeca, yo soy inquilino, o sea que ya te puedes imaginar lo que opino de las inmobiliarias, y lo distingo de los agentes inmobiliarios porque no creo que en este país exista alguno. Mi pregunta es bien sencilla ¿si quiero alquilar un piso que he visto por internet, que he ido a ver una única vez y del que la inmobiliaria tiene la exclusividad, porque tengo que pagarle el 10%de una anualidad? No te parece exagerado? estamos hablando de mucho dinero que difícilmente puedo entender justificado. Los motivos son los de siempre: yo no he contratado sus servicios, la inversión en publicidad de ese piso a la vez también me perjudica porque da publicidad a otros posibles inquilinos con los que habré de competir, y por ultimo y mas indignante, también estoy pagando por haber enseñado el piso a otros inquilinos! Me parece denunciable, un abuso y una burla en toda regla. Yo como profesional que soy, no se me ocurriría hacer algo parecido en la vida. Me gustaría que estuviera regulado por ley o que hubiera un colegio profesional serio que se pronunciara al respecto. Gracias y un saludo
Mario,
Comprendemos tu frustración y te agradecemos que aportes tu opinión al debate. Si has tenido oportunidad de seguir el hilo de comentarios, verás que hemos debatido y mucho sobre este tema.
Está claro que el tema de los alquileres es controvertido y que sería deseable encontrar sistemas de retribución que satisfagan a todas las partes. De todas formas, según nos lo planteas, ¿entiendes que si alquilas un piso en exclusiva en una agencia después de una única visita, esta no debería cobrar el servicio, independientemente de las gestiones que haya realizado para conseguir alquilarlo? ¿O te refieres a que debería pagarlo el propietario?
tengo 1 piso en otro pueblo lejos del mio,pagé 1 parte, la otra restante la tengo que pagar ahora pero me dijo, si encuentro comprador antes del remate tu no pagarías las escrituras las pagaria el comprador final,me cobró 600 euros + iva y ahora me quiere volver a cobrar,no me lo dijo y a mi me parece que no es justo,si alguien me puede asesorar,gracias,
María,
Para poderte responder, deberás darnos datos más precisos. ¿Se trata de una propiedad compartida? ¿Hay una subasta, ya que hablas de remate? ¿Qué quieres decir con “comprador final”? ¿Tú también has vendido tu parte?
Mi caso es el siguiente ,tengo un apartamento en venta en exclusiva con una inmobiliaria, pactamos firmado un precio neto para mi más honorarios de 5000 más iva, entiendo que si él vende el piso por debajo del precio anunciado tras una negociación, baja sus honorarios , esto es así?, gracias
Javier,
Desde luego, este sistema no es el más adecuado para gestionar un encargo de venta. Lo que sí te podemos decir es que si el importe neto para ti es inferior, tendrás que dar tu consentimiento a la rebaja y en ese momento tendrás también que negociar el tema de la retribución.
Hola, voy a alquilar un pequeño local, que me cuesta 100€ al mes, la inmobiliaria me cobra 200€ de fianza (dos meses), 100€ de honorarios de la inmobiliaria y 200€ por honorarios de redacción del contrato de alquiler + el mes de Diciembre, en total 600€, ¿no es demasiado para un alquiler de 100€?, gracias
Carlos,
De todos los conceptos que enumeras, los dos meses de fianza son habituales (el mes de fianza obligatoria más el importe de una mensualidad en concepto de honorarios de gestión). Lo que no resulta habitual es el coste por redacción de contrato. Debieras de pedir una aclaración de este cargo. La redacción de un contrato suele ser labor de abogado, que sí puede cobrar por ello.
Hola, en el último párrafo mencionas que los honorarios se cobran en el momento de la firma en notaria. Mi duda es, si por culpa del vendedor o la inmobiliaria yo no puedo comprar el piso, ¿tengo que pagar los honorarios?
Elena,
En el último párrafo mencionamos que los honorarios se cobran generalmente, que no necesariamente, en el momento de producirse la venta. De hecho, los honorarios se devengan en el momento en que la venta es firme y el obligado al pago es el vendedor, no el comprador, salvo que ambos, es decir comprador y vendedor, se hayan puesto de acuerdo en quién asume la retribución del agente o bien cómo se reparte.